{"id":81067,"date":"2025-01-23T12:49:57","date_gmt":"2025-01-23T18:49:57","guid":{"rendered":"https:\/\/crprensa.com\/?p=81067"},"modified":"2025-01-23T12:49:58","modified_gmt":"2025-01-23T18:49:58","slug":"municipalidad-de-coto-brus-excluyo-a-comunidad-indigena-en-plan-de-desarrollo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/crprensa.com\/municipalidad-de-coto-brus-excluyo-a-comunidad-indigena-en-plan-de-desarrollo\/","title":{"rendered":"Municipalidad de Coto Brus excluy\u00f3 a comunidad ind\u00edgena en Plan de Desarrollo"},"content":{"rendered":"\n
Luego que un habitante presentara una denuncia ante la Defensor\u00eda de los Habitantes donde indic\u00f3 que la Municipalidad de Coto Brus incurri\u00f3 en una omisi\u00f3n al no realizar la consulta a la comunidad ind\u00edgena Ng\u00f6be Bugl\u00e9 de la Casona del distrito de Limoncito, en el marco del proceso de construcci\u00f3n del Plan de Desarrollo Humano Cantonal, la Defensor\u00eda inst\u00f3 a las autoridades locales garantizar los derechos fundamentales de las comunidades ind\u00edgenas, en cumplimiento de los compromisos internacionales y la normativa nacional vigente.<\/p>\n\n\n\n
De acuerdo con informaci\u00f3n brindada por la Unidad de Planificaci\u00f3n de dicha municipalidad, claramente no se efectu\u00f3 la consulta al pueblo ind\u00edgena tal y como est\u00e1 establecido en el Mecanismo General de Consulta para Pueblos Ind\u00edgenas, lo cual se visualiza como un vicio de nulidad en el proceso efectuado y su resultado obtenido, ya que la consulta debe ser previa, libre e informada y coordinada a trav\u00e9s de la Unidad T\u00e9cnica de Consulta Ind\u00edgena (UTCI) del Ministerio de Justicia y Paz.<\/p>\n\n\n\n