A partir de la publicación de este reglamento, las panaderías, pastelerías, ebanisterías, talleres, remodelaciones, actividades de servicios y otras, se verán beneficiadas, ya que representan el 65% de las iniciativas de muy bajo, o bajo impacto ambiental que ingresan normalmente a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), ya no requerirán viabilidad ambiental para funcionar.
Dentro de esta categoría se pueden además mencionar, todas las obras o proyectos de mejora, reparación y reconstrucción que se ejecuten en infraestructura pública o privada, no requieren viabilidad ambiental. Todas las actividades agrícolas que se han cultivado en algún momento en fincas, incluyendo la rotación, la renovación de cultivos, así como el cambio de actividad agropecuaria a otra actividad agropecuaria, no requerirán de Viabilidad Ambiental. Por otro lado, se creó el D4 Forestal, donde se establecen requisitos e instrumentos de EIA acordes y específicos para el sector forestal.
Esta transformación histórica de la Setena, se da gracias a la firma de un Decreto suscrito hoy por el Poder Ejecutivo que pretende eliminar la duplicidad de requisitos en tramites a nivel de las instituciones. Además, se elimina el trámite de la Viabilidad Ambiental a los proyectos, de bajo, o muy bajo impacto ambiental, que hoy se solicita a través del formulario D2.
Solo en el año 2022, éstos representaron 1.644 expedientes que requirieron una revisión de SETENA, lo que se traduce en mayores costos para los ciudadanos y la institución.
Para lograr este hito de reactivación económica en el país, el gobierno ha llevado a cabo un proceso de reforma del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en donde la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) apoyó activamente y se contó con la participación de los diferentes sectores del país, con el objetivo de establecer una EIA con un mayor peso en un modelo de seguimiento y monitoreo ambiental, y en las condiciones de fragilidad ambiental de las áreas de los proyectos.
Según explicó el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, “es inadmisible que hoy la SETENA tenga que gastar recursos en actividades de bajo y muy bajo impacto ambiental, y que los emprendedores de proyectos tengan que invertir entre 180 mil y 300 mil colones en recursos económicos propios, en un trámite completamente burocrático, que poco beneficia al ambiente, o al país.
Por su parte el ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, explicó que el nuevo Reglamento pretende asegurar una mayor presencia de la SETENA en el campo, para verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales adquiridos.
“EL MINAE y la SETENA, deben enfocarse en el análisis y seguimiento ambiental de los proyectos de mayor impacto ambiental, y en las áreas con mayor presencia de ecosistemas vulnerables ambientalmente . No en trámites de escritorio burocráticos que datan del 2004. Nada hacemos controlando lo pequeñito si no le damos seguimiento a lo grande”, detalló el jerarca.
“Con esta reforma cumplimos con nuestro compromiso de dejar trabajar a las empresas, empezando por las micro, pequeñas y medianas. En lugar de estar cumpliendo con trámites, queremos que nuestras MiPymes se dediquen a lo que más necesitan: innovar, vender, transformarse digitalmente, ser sostenibles, ser formales, entre otros”, destacó el ministro de Economía, Industria y Comercio, Francisco Gamboa Soto.
Ulises Álvarez, Secretario de la SETENA, explicó que esta es una institución que debe contar con procedimientos y requisitos claros de acuerdo a sus competencias, cimentados en la ciencia, la técnica y la norma, para el otorgamiento de Viabilidades Ambientales, cumpliendo a cabalidad con plazos de respuesta y siempre enfocada en un servicio de calidad hacia las personas usuarias, sociedad costarricense y emprendedores de proyectos.
Finalmente cabe destacar que este proceso cumplió con la consulta pública y socialización, del Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC), se recibieron más de 172 observaciones, de las cuales se acogieron un 34% y un 15% parcialmente.
CAMBIOS DE ESTE NUEVO REGLAMENTO
- Mayor resguardo para el ambiente, con Medidas Ambientales con indicadores de seguimiento y monitoreo ambiental para todos los formularios e instrumentos de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Mayor Responsabilidad al Consultor ambiental en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Simplifica trámites, no solicita requisitos que competen a otras instituciones y a otros momentos de los proyectos, por ejemplo, el permiso de ubicación de las plantas de tratamiento, que ya está regulado por el Ministerio de Salud.
- No se crean nuevos requisitos, ni obligaciones, ni nuevas tarifas, se reducen los costos por el EsIA, en un 50%.
- Se reducen los plazos de revisión para todos los formularios, e instrumentos de evaluación de parte de la administración.
- Se reduce en un 32,9% los términos de referencia de los Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), adelgazándolos para que se presenten requisitos que sean solamente competencias de la EIA.