Tres años después de que el presidente Carlos Alvarado Quesada le ordenara a la Procuraduría General de la República (PGR) interponer acciones de inconstitucionalidad contra cláusulas abusivas de la convención colectiva del Banco Popular, la Sala Constitucional acogió, parcialmente, tales recursos.
Las cláusulas tienen que ver con beneficios ligados a aumentos de cesantía, salario completo en incapacidades, pago de viáticos y transportes a los sindicalistas, entre otros.
El mandatario giró aquella instrucción el 3 de octubre del 2018 a la PGR por “la necesidad imperiosa de garantizar el uso razonable y legítimo del Erario Público en los procesos de reglamentación de las condiciones laborales”.
Además, en mayo de ese año, junto con la entonces ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, le solicitó a las instituciones del Gobierno Central renegociar todos los acuerdos institucionales con los sindicatos, mediante la directriz número 009-H, para “garantizar el uso racional de los recursos de la Hacienda Pública y el debido respeto de los derechos laborales”.
Esas acciones de inconstitucionalidad de la PGR se presentaron contra las cláusulas contenidas en la convención colectiva entre el Banco Popular y su sindicato, el Sibanpo, la cual fue homologada el 26 de octubre del 2017.
La resolución 2021-24176 que declara parcialmente las acciones de inconstitucionalidad se tomó el 27 de octubre pasado.
Si te ha gustado, ¡compártelo con tus amigos! ESTIMADOS LECTORES: Nuestro mayor reto es hacer sostenible un periodismo libre e independiente, que de voz al pueblo, sin conflicto de intereses, apóyanos a seguir promoviendo la libertad de expresión. | SUSCRÍBIRSE | INGRESAR | APÓYANOS