La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) actualizó las tarifas para el servicio de inspección vehicular.
En este servicio, según la Ley de Tránsito, la ARESEP define bandas (tarifa inferior y superior) y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes es la entidad que define quiénes operan y las reglas de inspección que rigen a los vehículos.
Las tarifas de inspección y reinspección garantizan la prestación del servicio al costo, de manera que el operador solo reciba los ingresos necesarios para brindar el servicio. Además, se definen tarifas máxima y mínima y el prestador decide cuál va a utilizar (esto lo define la Ley de Tránsito para el momento en que operen más de 2 empresas).
En esta actualización, se incorporan los costos para el pago de patentes municipales y no se incluye el canon del Cosevi, por no estar aún aprobado por la Contraloría General de la República.
Las tarifas aprobadas plantean 2 escenarios, si se mantienen o no las disposiciones del Decreto N°43757-MOPT del 25 de octubre de 2022 (vigente hasta el 26 de abril 2023). En este decreto se estableció que, si en la inspección se detecta un solo defecto grave o peligroso, el vehículo debe ir a reinspección; pero si se presentan 2 o más defectos graves o peligrosos se debe realizar una nueva inspección integral.
Por lo tanto, ARESEP define:
- Escenario 1: Se mantiene decreto o disposición sobre reinspecciones: se da rebaja del 1,97%.
- Escenario 2 (no se encuentre vigente el Decreto N°43757-MOPT, ni norma sustituta y se vuelve a aplicar el Decreto N°30184-MOPT que corresponde al Reglamento para la revisión técnica integral de vehículos): implica un aumento del 6,11%, porque se aplica la disposición que que todos los rechazos requieren reinspección.