AyA incumple el SALARIO MINIMO INEMBARGABLE
Estimado señor Presidente y estimada Ministra de Trabajo, por medio del presente le saludamos como sindicato mayoritario de AyA, y nos presentamos ante ustedes con la gran pena de tener que llegar hasta sus despachos a solicitar su intervención a fin de garantizar como a derecho corresponde se aplique para los trabajadores del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados lo correspondiente al deposito de ₡ 214.000.00, por salario mínimo inembargable.
Nuestra legislación laboral ha establecido en el artículo 174 del Código de Trabajo un tope de embargos salariales para que los trabajadores tengamos el derecho de percibir al menos el salario mínimo, la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución 2022- 000656 ha sido también clara al respecto y el Ministerio de Hacienda además con la circular CIR-TN-017-2022.
A pesar de los esfuerzos como organización sindical con dialogo y los diferentes reclamos administrativos que han presentado los funcionarios de AyA, a la fecha la institución NO SE PRONUNCIA SOBRE SU APLICACIÓN.
Siguen y siguen pasando los días y el accionar del derecho no se aplica en el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, como organización hemos tratado de realizar esfuerzos para que desde la Gerencia General se proceda, pero el día de hoy lamentablemente el señor Gerente General nos indica que no se están agendando reuniones por estar en integración del quehacer institucional, como si la integración no partiera de solventar las necesidades de los trabajadores.
Conocedores de la legislación lo que corresponde es el rebajo a los trabajadores de: 1) Cargas Sociales, 2) Pensiones Alimentarias, 3) cuotas de afiliación sindical, solidaristas, cooperativas, 3) embargos judiciales, 4) prestamos.
De esta manera agradecemos su estimable respuesta al correo sitraa@aya.go.cr y apoyo para la aplicación de la ley.
Junta Directiva SITRAA, 9 de agosto 2022