Cuando un automotor se estrella contra un objeto fijo, como casas, postes de tendido eléctrico u otros bienes inmuebles, también se configura un accidente de tránsito, al estar involucrado al menos un vehículo. El 2021 reportó 11 casos en total.
Este tipo de percance también configura una falta, ya que implica una sanción económica contra quien estrelló su vehículo contra una propiedad. La multa es de ¢24.000 aproximadamente. Esta falta está tipificada en el artículo 147 de la Ley de Tránsito, inciso a).
Según explicó Alberto Barquero Espinoza, subdirector de la Policía de Tránsito, muchas personas desconocen que este tipo de percance también es una accidente de tránsito y resulta importante tenerlo claro, incluso para beneficio del conductor involucrado, pues le permite llamar a su aseguradora para hacer efectiva la póliza, en caso de tener coberturas de daños a terceros, por ejemplo.
“Es vital conocer la Ley de Tránsito, no se necesitan dos vehículos para que sea un accidente. Incluso, cuando se choca un vehículo de tracción humana, como la bicicleta o se embiste a un animal, también es un accidente de tránsito” amplió Barquero.
Así, la recomendación de las autoridades es que procedan, tanto el conductor involucrado, como los dueños del bien inmueble, a gestionar el hecho como accidente de carretera; es decir, si son daños menores, valorar conciliar o, si lo desean, llamar a la Policía de Tránsito, y llamar a las aseguradoras, en caso de tener pólizas.
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