SALA IV ACOGE RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL PRESENTADO POR LA ANEP CONTRA EL PRESIDENTE Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA
La Sala le da un plazo de tres días al Presidente Rodrigo Chaces Robles y la Ministra de la Presidencia, Laura Fernández Delgado para presentar un informe ante el recurso de amparo.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, acogió el recurso de ampro constitucional presentado por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), contra el decreto presidencial N44634 MP, denominado, Reglamento de organización y funcionamiento de la Unidad Especial de Intervención (UIE).
Según ordena la sala, le da un plazo de tres días hábiles, a partir de la notificación, al Presidente, Rodrigo Chaces Robles y la Ministra de la Presidencia, Laura Fernández Delgado, para presentar un informe ante el recurso de amparo presentado por nuestra organización.
La ANEP presentó el amparo constitucional contra el decreto 44634 MP, el 22 de noviembre del presente año, posteriormente, el lunes 25 de noviembre, también presentó un adendum a este recurso de amparo.
El decreto cuestionado fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el pasado jueves 21 de noviembre de 2024, firmado por el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles y la ministra de la Presidencia, Laura Fernández Delgado, modificando el que estaba vigente desde el 27 de julio del año 2005.
Dentro de los argumentos presentados por nuestra organización en el recurso de amparo en contra del decreto se encuentran intromisión de funciones, vulneración al principio de separación de poderes, así como violación de derechos fundamentales y abusos potenciales de autoridad.
Para la ANEP, dicho decreto convierte a la UEI en una policía al servicio del Presidente de la República quien no solo podría, nombrar y remover a sus altos mandos; sino que, también discrecionalmente podría otorgar rangos policiales y tener la última palabra para la aprobación o denegación de operativos policiales. Además, que la subordinación de la Unidad a autoridades políticas podría generar la politización de órganos de seguridad, la potencial afectación de su independencia y limitar el control judicial.
En el recurso, nuestra organización establece que, mediante la vía reglamentaria, como lo viene a decir el decreto del Poder Ejecutivo, no podría modificarse una ley por el orden jerárquico inferior que tiene un reglamento con respecto de una ley. La modificación de una ley le compete a la Asamblea Legislativa y pretender modificar las facultades que tiene la policía consagradas en los artículos 18,19 y 20 de la Ley General de Policía no puede ser modifica mediante decreto.
Para la ANEP, estas argumentaciones deben ser consideradas por los magistrados y las magistradas de la Corte Suprema de Justicia, para declarar con lugar el recurso de amparo constitucional.
Comunicado ANEP.
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