La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) considera que la propuesta de reforma que pretende realizar el al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) al procedimiento de regulación de precios, va más allá de la ley que pretende regular, ya que introduce preceptos no contemplados en esta, que además resultan discrecionales, subjetivos y poco claros. Lo anterior, en contradicción con las pautas establecidas por el propio ministerio para la mejora de la regulación del país.
El MEIC pretende regular los precios de los bienes y servicios ante cualquier comportamiento atípico que determine el Poder Ejecutivo, lo que puede traducirse en apreciaciones convenientes, discrecionales, irreflexivas y precipitadas, sobrepasando lo definido por el legislador en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, N°7472, que establece que la regulación de precios sólo podrá llevarse a cabo en situaciones de excepción y de manera temporal.
Adicionalmente, la reforma pretende introducir un artículo que permitiría la regulación permanente del arroz basada en “condiciones atípicas”, sin que se conozcan cuáles son tales condiciones o los criterios técnicos y objetivos para definir un escenario de esa magnitud, que además se mantendrían por siempre, eliminando al parecer la necesidad de motivar la medida, requisito que impone la ley.
El señor Guillermo Rojas Guzmán, presidente de la COPROCOM indicó que: “La regulación del precio del arroz tal como se propone, excede claramente lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N°7472 respecto a la temporalidad de la medida y a su motivación irrespetando abiertamente el «contenido esencial” de la norma que regula. Adicionalmente, tal propuesta no solo atenta contra compromisos previos asumidos por esta Administración en torno al proceso de desregulación de precios, sino que también violenta de forma abierta las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).”
Por ello, la Autoridad Nacional de Competencia señaló que, en aras de cumplir fielmente con los postulados normativos que el legislador le encomendó, mantendrá vigilancia en torno a la versión final de esta iniciativa a fin de que la misma se ajuste al régimen de competencia nacional, al principio de legalidad y a los tratados internacionales vigentes en esta materia, sin detrimento de accionar como en derecho corresponda