Del 5 al 10 de febrero se realiza la Décima Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control de Tabaco (COP10) en Panamá, a la cual asiste una delegación del país compuesta por representantes del Programa de Control de Tabaco del Ministerio de Salud y los funcionarios de la embajada de Costa Rica en Panamá.
Costa Rica, desde la ratificación del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT) en el 2008, busca proteger la salud de las personas de las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y sus derivados. Asimismo, de la exposición al humo de tabaco y vapor, lo cual exige una atención y abordaje integral de las autoridades públicas en nuestro país.
Es importante resaltar que, la aprobación de la Ley N° 9028 fue uno de los logros más representativos en el ámbito de la salud en los últimos años, que conlleva: la prohibición de la venta de productos de tabaco y sus derivados a personas menores de edad, la implementación de las advertencias sanitarias de este tipo de productos, la obligación de importadores y fabricantes de presentar anualmente los ingredientes y las emisiones de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los productos que comercialicen en el país ante el Ministerio de Salud; prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco y Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN); además de la creación de un impuesto específico y la tipificación de las sanciones. Aunado a esto, se sigue trabajando en normativas vinculadas a Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN) y dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado y tecnologías similares.
El CMCT es un instrumento basado en evidencias científicas que reafirma el derecho de todas las personas al máximo nivel de salud posible. Costa Rica valora la adopción de las recomendaciones presentadas en los espacios de discusión, en el marco de la normativa nacional y acorde a los documentos sometidos a conocimiento de las Partes; con el fin de considerar lo más conveniente para la población del país, mediante un análisis integral que incorpore aspectos sanitarios, sociales y de otra índole.
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