Costarricenses elegirán más de 6000 autoridades municipales próximo 6 de febrero

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Faltan ocho meses para que los ciudadanos residentes en los 84 cantones del país, tengan la oportunidad de votar, en los comicios que organizará el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y, de esta manera, elijan 6.212 cargos municipales. Los puestos se dividen en alcaldías, vicealcaldías, regidurías, sindicaturas, concejalías de distrito, intendencias, viceintendencias y concejalías municipales de distrito.

Cabe destacar que, en este proceso electoral se sumarán dos nuevos cantones puntarenenses: Monteverde y Puerto Jiménez, que por primera vez, contarán con alcaldías y regidurías. Además, aunque la Isla del Coco se considere un distrito administrativo (dentro de los 492 existentes), no elegirá sindicaturas ni concejalías de distrito, pues se trata de un territorio sin población permanente. Las personas empadronadas allí, podrán votar por alcaldías y regidurías.

A continuación, se detalla la cantidad de cargos que se disputarán en todo el país:

Puestos a elegir en las Elecciones Municipales 2024
Puestos a elegirCantidad
Alcaldías84
Vicealcaldías primeros84
Vicealcaldías segundos84
Regidurías -propietarias-518
Regidurías -suplencias-518
Sindicaturas -propietarias-491
Sindicaturas -suplencias-491
Concejalías de distrito -propietarias-1.936
Concejalías de distrito -suplencias-1.936
Intendencias7
Viceintendencias7
Concejalías municipales de distrito -propietarias-28
Concejalías municipales de distrito -suplencias-28
TOTAL DE PUESTOS A ELEGIR6.212

Fuente: Código Municipal, artículos 14 y 21

En los comicios del 2020, se eligieron 6.138 puestos para los 82 cantones que existían en ese momento. Por otra parte, las personas que resulten electas el 4 de febrero del año entrante, ocuparán sus cargos del 1° de mayo del 2024 al 30 de abril del 2028.

¿Qué funciones tendrán los nuevos funcionarios de elección popular?

Alcaldía y vicealcaldía primera: Se encargan de ejecutar y gestar proyectos en beneficio del cantón, de realizar funciones administrativas y ostentar la representación legal de la municipalidad.

Regidurías: Estas personas conforman el concejo municipal, que es el órgano deliberativo y de toma de decisiones en cada cantón.

Sindicaturas: Son el enlace directo entre el concejo municipal y los distritos; proponen, recomiendan e informan asuntos de interés de su comunidad en dicha instancia, donde cuentan con voz, pero no tienen voto.

Concejalías de distrito: Integran el órgano colegiado encargado de colaborar y vigilar todo lo relacionado con la actividad municipal, y canalizan las necesidades del distrito ante la sindicatura, para que se presenten ante el concejo municipal.

Intendencia y viceintendencia: Realizan las mismas funciones de las alcaldías, y se eligen únicamente en 7 distritos del país: Peñas Blancas de San Ramón, Tucurrique de Jiménez, Cervantes de Alvarado, Colorado de Abangares, Cóbano, Lepanto y Paquera de Puntarenas.

Concejalías municipales de distrito: Son concejos de distrito que asumen el rol del concejo municipal y fueron creados en las siete localidades mencionadas, dada su lejanía con la cabecera del cantón. Tienen los mismos deberes y atribuciones que las regidurías.

Siempre sobre las labores de estas autoridades de elección popular, el TSE ofrece en su sitio web, específicamente en el enlace https://tinyurl.com/munidebolsillo, los videos “Municipalidades de bolsillo” (realizados por el Instituto de Formación y Estudios en Democracia para los comicios del 2020), que explican detalladamente y de manera didáctica, cada una de las responsabilidades que tendrán las personas a elegir en los comicios del año entrante.

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