Defensoría alerta omisión del Presidente y del Consejo de Gobierno al NO nombrar a miembros faltantes de la ARESEP

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Presentó Recurso de Amparo contra la inactividad Presidencial

La Defensoría advierte que la escalada exponencial de precios, en un país con una histórica crisis económica agravada la pandemia, afecta los intereses de todas y todos los habitantes; pero, sobre todo, acentúa las desigualdades sociales en perjuicio de las personas más frágiles y vulnerables, en donde la pobreza y la pobreza extrema hoy se traducen en hambre y desesperación.

La Defensoría hace un vehemente llamado al Presidente de la República y al Consejo de Gobierno para que en su condición de autoridades con poder de nombramiento del Regulador y de la Junta Directiva de la ARESEP, cumplan con su deber constitucional nombrando a los dos miembros que desde hace meses hacen falta para integrar este órgano decisorio en materia de precios.

Para la Defensoría es de especial importancia que la Junta Directiva de esta entidad regulatoria varíe la fórmula por medio de la cual se fija el precio de los combustibles en el país, a efectos de que abandone la utilización del promedio internacional de precios (que se emplea actualmente), para usar en su lugar el costo real del producto adquirido por la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) y así se logre abaratar el precio del combustible en favor del usuario final.

La no conformación de la Junta Directiva al completo impide conocer una larga lista de recursos y objeciones contra decisiones que han aumentado precios en perjuicio de la gente y han congelado reducciones de tarifas que pretendían favorecer a los usuarios del transporte público de buses, todo lo cual se traduce en una seria violación al debido proceso y el derecho de defensa de los consumidores.

Para Catalina Crespo, Defensora de los Habitantes, la Junta Directiva de la ARESEP, previo a la aprobación de los precios finales con relación a los ajustes automáticos de precios de los combustibles, debe garantizar el acceso de las y los Habitantes a las audiencias en que se discuten tales aumentos; ya que en el contexto actual, las audiencias públicas se realizan por vía virtual, lo cual afecta el derecho a la participación real y efectiva de todas aquellas personas que residen en áreas con problemas de acceso y que sufren en carne propia las desigualdades de la brecha digital, especialmente en comunidades indígenas, costeras, fronterizas y rurales.

Otro punto de fricción entre la Defensora y la ARESEP, se ha dado a partir de que el ente defensor acudió al Tribunal Contencioso Administrativo para que se ordenara a dicha Autoridad Reguladora, dictar el acto final y definitivo de la propuesta de metodología tarifaria ordinaria y extraordinaria para fijar el precio de los combustibles. Sin embargo, la falta de nombramiento de los dos miembros faltantes impide el dictado de tal acto, el cual beneficiaría a las y los consumidores.

La Defensoría judicializó el tema al interponer un Amparo de Legalidad contra la ARESEP por no haber resuelto una gestión planteada por la Defensora contra la metodología tarifaria, ordinaria y extraordinaria, a fin de fijar el precio de los combustibles, derivados de hidrocarburos, tanto en planteles de distribución como de cara al consumidor final. El Tribunal Contencioso dio trámite al amparo de legalidad de la Defensoría y dio un plazo de 15 días hábiles para que la ARESEP resuelva el reclamo presentado por este ente defensor; pero la falta de integración de su Junta Directiva impide el dictado del mismo, lo cual afecta y perjudica a los habitantes consumidores de combustibles.

Sin embargo, este vacío de poder que se ha dado en la Junta Directiva de la ARESEP no impide el aumento sistemático en el precio de los combustibles, olvidando con ello que los consumidores apoyaron solidariamente al Gobierno cuando no operó a nivel nacional la reducción de precios en razón de la baja de los precios internacionales durante todo el año pasado (2020), destinando esa diferencia de precios para financiar el Bono Proteger y otras ayudas sociales. Pero ahora que la situación se ha transformado y son los consumidores de combustibles quienes requieren del apoyo y la solidaridad del Estado en razón de sufrir el costo creciente por sus altos precios (que pueden ser reducidos a través de cambios metodológicos), no hay ayuda ni solidaridad alguna.

La Defensoría también demanda al Presidente de la República y al Consejo de Gobierno, en su condición de Junta de Accionistas de Recope, la implementación de cambios que permitan que los precios internos de los combustibles cumplan con el principio de servicio al costo -establecido en la Ley N° 7593- lo cual haría que los precios internos de los combustibles sufran una sensible rebaja en favor de las personas y sus condiciones de vida.

La Defensoría ha cuestionado esta duplicidad de funciones en el Consejo de Gobierno, ya que por un lado es la Junta de Accionistas de RECOPE; pero por otro, el mismo Consejo de Gobierno es el que nombra a los miembros de su Junta Directiva de ARESEP, que es la entidad encargada de valorar, con objetividad e imparcialidad, las solicitudes de aumentos de precios que hace RECOPE, lo cual convierte al Consejo de Gobierno en “Juez y Parte” de este proceso; y, hasta ahora, se ha comportado más como Junta de Accionistas de RECOPE al no nombrar a los miembros faltantes de ARESEP, lo cual impide a la Autoridad Regulatoria hacer y cumplir con su trabajo.

Esta contradicción entre deberes y potestades legales del Presidente y su Consejo de Gobierno se ha resuelvo en favor de la ola de aumentos que tanto han perjudicado a tantas personas y patrimonios; pero sobre todo, a la Economía, en razón del obstáculo que representan los aumentos descontrolados para la reactivación económica, de la que urge tanto el país”, dijo la Defensora, Catalina Crespo.

La jerarca presentó un recurso de amparo contra la inactividad Presidencial, para que el Alto Tribunal ordene al Consejo de Gobierno, la selección y nombramiento de los miembros faltantes de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, así como su remisión a la Asamblea Legislativa de las personas seleccionadas, para su ratificación o no, por parte de las y los Diputados.

“El buen funcionamiento de los servicios públicos se constituye no sólo en una garantía para los y las habitantes respecto a la calidad, eficiencia y eficacia con la que deben recibir los servicios que presta la administración, sino que también se configura como elemento esencial dentro del llamado Estado Social y Democrático de Derecho, mismo que presupone el cumplimiento efectivo y cabal de las funciones que el ordenamiento jurídico le encomendó a la Administración”, señala la acción judicial de la Defensoría.

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