Defensoría cuestiona proceso de selección de miembros de Juntas Directivas de RECOPE y ARESEP

La Defensora de los Habitantes constató que la Junta de Accionistas de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) es la misma entidad que tiene a su cargo el nombramiento del Regulador General y a la Junta Directiva de la ARESEP, que es la entidad competente de autorizar las tarifas del precio de los combustibles que vende RECOPE a nivel nacional, lo cual supone un evidente conflicto de intereses.

El estudio técnico legal hecho por la Defensoría determinó que el Consejo de Gobierno, por Ley, es la Junta de Accionistas de Recope y la entidad que nombra a los miembros de la Junta Directiva de dicha empresa pública; pero, a su vez, el mismo Consejo de Gobierno es el órgano que nombra al Regulador General y a la Junta Directiva de esa entidad encargada de valorar, con objetividad e imparcialidad, las solicitudes de RECOPE para fijar el precio de venta de los combustibles en el mercado nacional, lo cual convierte al Consejo de Gobierno en Juez y Parte de este proceso.

Por ello, la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo, cuestionó, ante el Presidente de la República, Carlos Alvarado, el ejercicio de tales potestades en el nombramiento y selección de los miembros de las Juntas Directivas de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) y de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP); así como la designación del Regulador General y el Regulador Adjunto. Ya que, por un lado, el Consejo de Gobierno, en su calidad de Junta de Accionistas, vela por la estabilidad económica de RECOPE y la buena marcha en su quehacer comercial; y, por otro, ejerce facultades de nombramiento de las personas quienes tienen a su cargo controlar los precios de los productos que RECOPE vende, lo cual resulta contradictorio e incompatible dentro del sistema de pesos y contrapesos que han de darse entre estas dos facultades de naturaleza opuestas.

Para la Defensoría, los derechos e intereses de las personas usuarias en materia de consumo de combustibles exigen que los entes reguladores actúen con plena

independencia, probidad, trasparencia, evaluación y rendición de cuentas, en función de su especial misión contralora en relación a los precios y el comportamiento de los agentes económicos dentro del mercado. Sin embargo, al ser su nombramiento a cargo del mismo ente público que es a su vez el órgano máximo administrativo de RECOPE, la independencia técnica resulta altamente cuestionada.

La asamblea de accionistas de Recope, representada por el Consejo de Gobierno, es el ente que escoge, en primera instancia, a las personas que integran las altas jerarquías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, lo cual comporta una indebida conjunción de facultades contradictorias y excluyentes entre sí. Conforme a lo anterior, la Defensoría cuestionó si ha efectuado la Presidencia de la República, alguna valoración sobre la eventual afectación de los derechos e intereses económicos de las y los habitantes, el hecho que sea la misma instancia (Consejo de Gobierno), el que nombre y/o proponga la elección de jerarcas tanto de RECOPE, cómo de la ARESEP.

De igual forma, interesa a la Defensoría saber cómo se promueve y garantiza, en la selección y remisión de la propuesta de nombramiento, por parte del Consejo de Gobierno, la transparencia, independencia y probidad, en la atención de las solicitudes de aumento o disminución tarifaria, tanto del prestador monopólico del servicio de combustibles, versus a la entidad que regula y autoriza el precio final al consumidor.

Considera este ente defensor que la Presidencia debe informar si se ha efectuado alguna acción técnica o jurídica, o se considera necesario realizar algún ajuste normativo o propuesta legislativa, para corregir eventuales conflictos de intereses. Además de cómo se garantiza el adecuado equilibrio, entendiéndose, la objetividad, idoneidad, oportunidad y vínculo de ciencia y técnica al ser el Consejo de Gobierno el que nombra tanto a los representantes de Junta Directiva de RECOPE y propone a la Asamblea Legislativa, la ratificación de los directores, así como del Regulador General y Regulador General Adjunto de la ARESEP.

Esta Defensoría considera fundamental que el Presidente de la República informe si ha interferido o resuelto alguna contienda el Consejo de Gobierno, en la toma de decisiones finales en relación a la situación conjunta (Nombramientos RECOPE –ARESEP), en un caso concreto.

“Como Institución Nacional de Derechos Humanos, nuestro deber es el control de la juridicidad de la actividad administrativa del sector público; y en este caso concreto nos preocupa un eventual conflicto de interés en razón de que sea el mismo Consejo de Gobierno el que nombre o proponga la elección de jerarcas tanto de RECOPE como de la ARESEP y que esto se puede traducir en una eventual afectación de los derechos e intereses económicos de las y los habitantes”, manifestó la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho.

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