Mediante una investigación realizada por CRprensa.com donde se consultó a diferentes instituciones del estado sobre lo que consideramos un riesgo para todos los habitantes de Costa Rica.
Mediante la consultas a la Prohab, Poder Judicial, Asamblea Legislativa, Sutel, Contraloría General de la República y la misma Procuraduría General de la República, al parecer a los que llamamos SISTEMA, le importa poco lo que sucede con las empresas de telefonía Pre-Pago, pero sobre todo las facilidades que le da a los delincuentes para cometer sus delitos.
La Asamblea legislativa indicó que lo elevaría a la comisión de Seguridad y Narcotráfico.
Como el mismo Poder Judicial nos indicó, un 100% de los delitos se cometen con teléfonos fantasmas, osea, que no se puede comprobar quien es el propietario, y aunque existen leyes, parece que nadie actúa por oficio, los que llevó a nuestro medio digital a realizar un video demostrando dicho problema.
Delitos cometidos con teléfonos fantasmas:
- Pornografía infantil.
- Amenazas y extorsión.
- Estafas desde centros penales.
- Trafico de drogas.
- Trata de personas.
- Suplantación de identidad.
- Simulación de delito.
Nuevos riesgos en medio de campañas electorales 2022.
- Troll Center de partidos políticos para ensuciar imagen de candidatos.
- Troll Center para eliminar páginas de perfiles de partidos politicos y de denuncias.
- Troll Center para censurar a partidos minoritarios en redes sociales.
- Troll Center para hacer propaganda política en medio de la veda.
- Difusión de noticias falsas
Hoy vimos una luz al final del túnel, hoy la Defensora de los Habitantes solicita a la SUTEL una serie de cuestionamiento para conocer porqué existe este riesgo con los datos públicos de todo mayor de edad en Costa Rica.
Es importante recordar que por disposición del artículo 24 de la Ley N° 7319 los órganos públicos están obligados a colaborar, de manera preferente, con las investigaciones que realice la Defensoría de los Habitantes, así como a brindarle todas las facilidades para el cabal desempeño de sus funciones de manera que no se retarde, entorpezca o dificulte esta labor. Señala textualmente dicha norma:
“1.- Los órganos públicos están obligados a colaborar, de manera preferente, con la Defensoría de los Habitantes de la República, en sus investigaciones y, en general, a brindarle todas las facilidades para el cabal desempeño de sus funciones.
2.- De conformidad con el ordenamiento jurídico, a la Defensoría de los Habitantes de la República no podrá denegársele acceso a ningún expediente, documentación ni información administrativa, salvo a los secretos de Estado y a los documentos que tienen el carácter de confidenciales, de conformidad con la ley.”
Publicaciónes anteriores.
- https://crprensa.com/la-telefonia-prepago-en-manos-de-la-mafia/
- https://crprensa.com/pln-estos-riesgos-son-y-han-sido-parte-de-todas-las-campanas-politicas/
- https://crprensa.com/campanas-sucias-podrian-afectar-la-intencion-de-voto-en-proximas-elecciones-tse-indica-que-las-telecomunicaciones-no-es-competencia-del-tse/
- https://crprensa.com/numeros-de-telefonos-fantasma-podrian-afectar-proximas-elecciones-mediante-redes-sociales/
- https://crprensa.com/practicamente-el-100-de-los-delitos-utilizan-numeros-fantasmas-que-dicen-las-autoridades/