La Defensoría de los Habitantes anunció que dará seguimiento a los efectos de la implementación de la Ley Marco de Empleo Público y su reglamento en aras de valorar, dentro de su competencia de control de legalidad, la posibilidad de afectaciones o no en los derechos de las personas trabajadoras del sector público. Adicionalmente hay procesos pendientes de su ejecución que serán necesarios seguirles el pulso en relación con plataformas tecnológicas, ajustes a sistemas automatizados de pagos, entre otros.
En ese sentido, se remitió a la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica una solicitud de informe que permitirá detallar cuál es la hoja de ruta prevista por el ente rector, indicando fechas, tareas y funcionarios responsables de esta tarea asignada por ley.
Otra información que requiere la Defensoría para su valoración se refiere a los estudios que se tomaron en consideración para la elaboración de los salarios globales transitorios establecidos y si los mismos consideraron los salarios que paga el sector privado por funciones similares, así como los mínimos establecidos para dicho sector en la fijación de salarios mínimos. Esto para la Defensoría cobra importancia siendo que esta transitoriedad podría extenderse por un tiempo importante hasta que se establezca el salario global definitivo.
En cuanto a Ministerios tales como el de Educación Pública donde la gestión del recurso humano es compleja por las limitaciones en sus sistemas de información y gestión, se preguntó a Mideplan las acciones adicionales que se están tomando en conjunto con el MEP de cara a prever una importante cantidad de quejas, denuncias o dudas, por parte de los y las funcionarias. También se solicitó información relacionadas con el proceso para la elaboración del Reglamento.
Adicionalmente la Defensoría de los Habitantes, como órgano auxiliar del Poder Legislativo, remitió al Directorio de la Asamblea Legislativa, el informe técnico que concluye que la institución se encuentra excluida de la rectoría del Mideplan, según se desprende del artículo 06 de la Ley de Empleo Público, lo anterior, con base en el ejercicio de sus competencias como órgano independiente del control de legalidad de las instituciones del sector público.
Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes
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