Defensoría: Reforma a Ley 9.999 es un retroceso en la protección a la niñez y la adolescencia

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El 29 de junio del 2021, la Asamblea Legislativa aprobó la “Ley para prevenir la revictimización y garantizar los derechos de las personas menores de edad en el sistema educativo costarricense”, Ley N° 9.999, el cual busca evitar prácticas que revictimizan a personas menores de edad contrarias a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, en el régimen disciplinario del sistema educativo.

Esta iniciativa de ley fue impulsada por la Defensoría de los Habitantes y un grupo de diputados y diputadas, que vino a saldar una deuda pendiente de décadas, en el reconocimiento de las personas menores de edad como sujetas de derecho en investigaciones disciplinarias seguidas en el Ministerio de Educación Pública (MEP) para revisar y sancionar conductas del funcionariado, en casos de maltrato físico, emocional y sexual.

La Defensoría reconoce la elevada misión de las y los docentes, personas con mística, vocación y comprometidas con su trascendental tarea. Sin embargo, también conoce, a partir de las quejas que recibe de estudiantes, padres y madres de familia, e incluso de docentes y directores/as de centros educativos, denuncias graves contra personas docentes y del área administrativa del MEP, que pese a ser los mínimos, ocasionan serios daños a la integridad de las personas menores de edad, con consecuencias que pueden perdurar por mucho tiempo.

Interesa aclarar que el personal docente investigado en el marco de esta ley es mínimo, en comparación con la cantidad de casos por otro tipo faltas. Los datos aportados por el Departamento de Régimen Disciplinario del MEP, dan cuenta que actualmente se tramitan 240 expedientes contra funcionarios/as docentes con fundamento en la Ley N° 9.999, siendo que esa cifra representa, apenas, el 0,36 % del total de personal docente, administrativo docente y técnico docente del MEP.

Asimismo, las quejas recibidas y tramitadas en la Defensoría permitieron constatar que los procedimientos seguidos en el MEP, con anterioridad a la aprobación de la Ley 9999, generaban un grave desequilibrio entre las garantías de la persona docente investigada y la protección de la persona menor de edad estudiante, cuya participación de éstos últimos era prácticamente nula y a quien se sometía a procedimientos y actos re-victimizantes.

Es necesario aclarar a la opinión pública que la Ley 9.999 no generó un menoscabo a los derechos y garantías constitucionales del personal docente y administrativo del MEP y que esta normativa ya superó el filtro de constitucionalidad. Una vez que entró en vigencia, la APSE planteó una acción de inconstitucionalidad contra esta Ley, la cual en la resolución No.2022-013100 el 08 de junio de 2022 fue declarada sin lugar en toda su extensión. En esa acción la Defensoría de los Habitantes rechazó que las reformas y adiciones introducida en esa Ley, violentaran la Constitución Política o los principios del debido proceso y derecho de defensa, así como el principio de inocencia, principio de carga de la prueba, principio de igualdad y no discriminación y el principio de razonabilidad y proporcionalidad en perjuicio del personal docente investigado.

“El proyecto de ley 23.593 aprobado en primer debate el 19 de octubre de 2023, es violatorio de los principios de Interés Superior del Niño y la Niña y de Supervivencia y Desarrollo reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño. Además, es regresivo y nos devuelve al escenario de desprotección anterior de la niñez y la adolescencia”, asegura la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank.

Entre otros aspectos, la reforma también deja al criterio de la administración, la aplicación, ahora obligatoria, de las medidas cautelares como la reubicación o suspensión inmediata de la persona investigada y en su lugar plantea le reubicación de la persona menor estudiante, desalentando así la interposición de denuncias. También plantea la desaplicación de las normas protectoras de la Ley 9999, a las personas estudiantes con discapacidad, en circunstancias en las que se hace necesario realizar contención física o entrar en contacto físico con éstas.

Por las razones señaladas, la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica expresa su inconformidad con proyecto de ley 23.593, en dos criterios remitidos a la Asamblea Legislativa y manifiesta su profunda preocupación con su eventual aprobación en segundo debate.

Oficina de Comunicación Institucional | Defensoría de los Habitantes

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