Tras una investigación realizada por la Defensoría de los Habitantes sobre el caso de la Fundación Hogar Manos Abiertas se ha determinado que tanto el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) como el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) deben implementar una serie de mejoras en su sistema de atención y supervisión para garantizar de manera efectiva los derechos de las personas con discapacidad y de la población adulta mayor. Es fundamental un actuar preventivo.
El análisis reveló limitaciones por parte del CONAPDIS en poder efectuar una adecuada fiscalización interdisciplinaria continua y oportuna de las alternativas residenciales para personas con discapacidad en condición de abandono, tal como ocurrió con la Fundación Manos Abiertas. El allanamiento realizado el 5 de marzo de 2024 evidenció fallas en el modelo actual de supervisión, lo que llevó a decisiones de emergencia para reubicar a los residentes de la fundación, ante la necesidad de proteger su integridad y derechos.
Este modelo implementado no ha permitido verificar en forma previa y adecuada la operatividad y funcionamiento de las alternativas residenciales. Ante esto, se hace necesario implementar protocolos de acción para prevenir situaciones similares en el futuro. Aunque CONAPDIS fue notificado por la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción del allanamiento, la institución no estaba preparada, no contaba con los debidos protocolos para en un tiempo limitado, poder ejecutar un plan de acción adecuado.
A partir de los hechos, la Defensoría recomienda revisar y actualizar el modelo de servicios de convivencia familiar, así como establecer criterios claros y efectivos para la supervisión y fiscalización de alternativas residenciales. Adicionalmente, CONAPDIS deberá desarrollar un plan de capacitaciones para los encargados de estos centros, además de contar con instrumentos que permitan una atención adecuada en casos de emergencias judiciales.
Asimismo, no se logró identificar el mecanismo utilizado por CONAPDIS para determinar el consentimiento informado a ser trasladado a diferentes alternativas residenciales, tratándose de las personas mayores de edad que se encontraban albergadas en dicho hogar, en resguardo de los derechos de autonomía y capacidad de jurídica de las personas con discapacidad.
Por otra parte, la Defensoría calificó de “ausente” la participación del CONAPAM tratándose del caso de la Fundación Manos Abiertas. Como ente rector en materia de vejez, el CONAPAM tiene la responsabilidad de velar por las condiciones de vida de la población adulta mayor con discapacidad, independientemente de la fuente de financiamiento de los centros.
Ante estos hechos, la Defensoría recomendó que el CONAPAM establezca un proceso de coordinación con el CONAPDIS para garantizar una intervención conjunta en casos similares y garantizar la fiscalización de todos los centros que brinden atención a personas adultas mayores.
Recomendaciones a CONAPDIS
1. Concluir el análisis y elaboración del nuevo modelo de servicios de convivencia familiar y establecer criterios claros para la supervisión y fiscalización.
2. Calendarizar capacitaciones para el equipo de supervisión interdisciplinario.
3. Elaborar un instrumento para la atención de futuras intervenciones administrativas y judiciales en alternativas residenciales, en resguardo de las personas con discapacidad, incluyendo acciones preventivas, correctivas, intervención de emergencia y su seguimiento.
4. Garantizar que los traslados de los residentes se realicen respetando su autonomía y capacidad jurídica.
5. Verificar que las personas trasladas de la Fundación Manos Abiertas a otra alternativa residencial cuenten con su debida afiliación y adscripción al centro médico que le corresponde.
Recomendaciones a CONAPAM
1. Convocar una mesa de trabajo para elaborar un instrumento mediante el cual se identifiquen las medidas y mecanismos necesarios para ampliar la fiscalización de todos los centros de atención a personas adultas mayores.
2. Recordar a las instituciones públicas o privadas que brinden servicios de cuidado y atención a las personas adultas mayores en el país, su obligación de remitir los informes de las evaluaciones anuales sobre la atención brindada a esta población.
3. Coordinar con CONAPDIS lo relativo a las ubicaciones de la población adulta mayor (las que no se encuentran en el hogar Carlos María Ulloa) y verificar las condiciones en las que se encuentra cada usuario así como las condiciones de la residencia.
La Defensoría de los Habitantes reafirma su compromiso de proteger los derechos de las personas con discapacidad y de la población adulta mayor, instando a ambas instituciones a tomar medidas concretas para evitar que situaciones como la de la Fundación Hogar Manos Abiertas vuelvan a ocurrir.