Dictamen afirmativo a proyecto sobre objeción de conciencia

En CRprensa.com, priorizamos la información de calidad. Por eso, en lugar de hacer noticias en redes sociales, compartimos enlaces directos a nuestras publicaciones completas. ¡Accede a la información que realmente importa!

Con seis votos a favor y dos en contra, la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, le dio dictamen afirmativo al expediente 22.006 denominado Ley para Tutelar la Objeción de Conciencia e Ideario.

La iniciativa pretende ofrecer un marco jurídico que establezca, con mayor claridad, los alcances del derecho a la objeción de conciencia e ideario y lo ratifique como un derecho humano de todos los costarricenses para mejor aplicación.

El legislador David Gourzong Cerdas, dijo que le hizo ver al proponente del proyecto, que este podría requerir algún ajuste en materia constitucional, específicamente en lo que se refiere al artículo 194-11, por lo que se debe blindar la iniciativa lo más que se pueda para que no surjan problemas en el Plenario.

Audio diputado David Gourzong Cerdas

Por su parte, el proponente de la iniciativa, el legislador Jonathan Prendas Rodríguez, indicó que muchas de las observaciones que le presentaron al expediente, ya fueron incorporadas, mientras que otras se harán a partir de su estancia en el Plenario Legislativo, con sus posibilidades de enmienda.

Algunos de los temas sujetos a la objeción de conciencia son el matrimonio igualitario, el aborto, la eutanasia, los tratamientos médicos, la reproducción asistida y la objeción farmacéutica.

La Real Academia Española indica que la objeción de conciencia “(…) es el derecho de libertad de conciencia … libertad ideológica, religiosa y de cuanto que comprende también las creencias … es el derecho ciudadano de objetar y negarse al cumplimiento de intereses jurídicos, incluso jurídico-penales, cuando ello suponga un comportamiento totalmente inadmisible para su conciencia moral”.

La objeción de conciencia también puede conceptualizarse como “la oposición al cumplimiento de aquellos deberes jurídicos incompatibles con las más profundas convicciones morales de una persona”.

También se refiere al derecho de desarrollar nuestra vida profesional y laboral sin que debamos renunciar a nuestras creencias y convicciones. Es el derecho a vivir de acuerdo con las creencias, sin ser señalado, castigado o menospreciado.

Con relación al expediente 22.700 que reforma varios artículos de la Ley General de Salud, de la Ley Constitutiva del Colegio de Microbiólogos y del Estatuto de Servicio de Microbiología, se aprobó una moción para consultarlo a una serie de instituciones, entre las que destacan la CCSS, UCCAEP, el Ministerio de Salud, el ITCR, la UNA, la UCR, la Cámara de Industria y la Cámara de Comercio.

Si te ha gustado, ¡compártelo con tus amigos!
ESTIMADOS LECTORES: Nuestro mayor reto es hacer sostenible un periodismo libre e independiente, que de voz al pueblo, sin conflicto de intereses, apóyanos a seguir promoviendo la libertad de expresión. | SUSCRÍBIRSE | INGRESAR | APÓYANOS