El diputado David Lorenzo Segura Gamboa, del partido Nueva República, presentó a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley para garantizar los derechos laborales de los trabajadores que tienen a su cargo menores de edad, adultos mayores, personas discapacitadas o cualquier otro miembro de su familia directa que requiera acompañamiento para cita médica u otro tipo de apoyo.
El legislador propuso una reforma al Código de Trabajo para que todo patrono otorgue el respectivo permiso a ausentarse de su lugar de trabajo con goce de salario, a trabajadores que tienen responsabilidad de cuido y protección sobre integrantes de su núcleo familiar directo, que no se pueden valerse por sí solos y a los que se les presenta alguna situación de salud.
Segura Gamboa explicó que lamentablemente es muy común que trabajadores tengan que interponer un recurso de amparo porque el patrono o empleador se ha rehusado a concederles una autorización con goce de salario, para acompañar a hijos menores de edad a un tratamiento médico. En dichos casos la Sala Constitucional ha respaldado la protección especial a la familia y las necesidades e interés superior del niño.
“Nuestra legislación nacional y los instrumentos internacionales suscritos estipulan el deber del Estado de adoptar medidas jurídicas y administrativas apropiadas para se creen las condiciones de conciliación de la vida laboral y familiar, que permitan a los padres y madres de familia así como a otras personas responsables en el hogar, a cumplir con sus deberes de cuido y apoyo de niños, ancianos, enfermos desvalidos, personas discapacitadas o cualquier otro miembro que demande atención especial”, comentó.
Como diputados de Nueva República nos comprometimos a defender los derechos de la familia, la cual es el pilar fundamental de la sociedad. Por ello, tenemos el deber de generar iniciativas que garanticen calidad de vida y bienestar a las familias, que les permita equilibrar las tareas y funciones domésticas con el desempeño eficiente en sus centros de trabajo, sin discriminaciones y sin que en ningún caso las responsabilidades familiares constituyan una causa de despido.
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