¿Error en la redacción de la Ley 9852? confusión entre “cosas” y “personas” en el artículo 6

0:00

ESTIMADOS LECTORES: Nuestro mayor reto es hacer sostenible un periodismo libre e independiente, que de voz al pueblo, sin conflicto de intereses, apóyanos a seguir promoviendo la libertad de expresión. | SUSCRÍBIRSE | INGRESAR | APÓYANOS

Un error en la redacción de la Ley 9852, específicamente en su artículo 6, ha generado controversia en algunos grupos sociales. Este artículo, que regula el delito de robo de combustible, contiene una discrepancia que ha levantado críticas hacia la Asamblea Legislativa y la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE).

En el texto actual del artículo, se establece que el robo de combustible debe ocurrir «mediante el uso de la fuerza y violencia sobre las personas». Sin embargo, según los críticos, la redacción correcta debería referirse al uso de la fuerza y violencia «sobre las cosas o la tubería», tal como se entiende en el contexto del delito de robo de hidrocarburos.

La inclusión de «personas» en lugar de «cosas» podría generar confusión jurídica y complicar la aplicación efectiva de la ley, lo que ha llevado a cuestionamientos sobre la falta de revisión exhaustiva del texto antes de su aprobación.

RECOPE, como entidad directamente relacionada con el ámbito regulado por esta ley, no ha tomado acciones para subsanar el error ni para impulsar una reforma legislativa que corrija esta ambigüedad, o al menos no conocemos gestión alguna.

Por el momento, no se ha emitido un pronunciamiento oficial por parte de las autoridades legislativas ni de RECOPE respecto al tema. La situación plantea un desafío para garantizar que las leyes sean claras, precisas y adecuadas para su correcta aplicación.

La Ley N.º 9852, titulada «Ley para sancionar el apoderamiento y la introducción ilegal de los combustibles derivados del petróleo y sus mezclas», fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.º 153 el 26 de junio de 2020. Hasta la fecha, no se han registrado modificaciones oficiales a la redacción original de este artículo.

ARTÍCULO 6-Robo de combustibles derivados del petróleo o sus mezclas Se impondrá la pena de prisión de cinco a quince años, a quien, mediante el uso de la fuerza o violencia sobre las personas, se apodere ilegítimamente(*) de combustibles derivados del petróleo o sus mezclas, los cuales pertenecen al Sistema Nacional de Combustibles.

Imprenta Nacional

Fuente: PGR

Si te ha gustado, ¡compártelo con tus amigos!
En CRprensa.com, priorizamos la información de calidad. Por eso, en lugar de hacer noticias en redes sociales, compartimos enlaces directos a nuestras publicaciones completas. ¡Accede a la información que realmente importa!