El gobierno de la República, emitió el Decreto Ejecutivo 43.581 con el cual se autoriza el permio para que los servidores públicos de todo el país puedan tomar una hora extra a su tiempo de almuerzo para que puedan observar el repechaje eliminatorio entre la Selección de Futbol de Costa Rica y la Selección de Futbol de Nueva Zelanda para el mundial de Catar 2022.
La aplicación de este decreto aplicará el próximo martes 14 de junio en un horario de 12:00 p.m. a 2:00 p.m., esto para todas las instituciones del Estado centralizado, con las salvedades que establecen las leyes especiales. Para esto, los funcionarios podrán utilizar cualquiera de los medios de transmisión existentes, siempre y cuando su uso no obstaculice la prestación del servicio público y su continuidad.
“El martes 14 de junio es un día muy especial para todos los que amamos a nuestra Sele, a más de 13.000 kilómetros de distancia estarán once guerreros en la cancha para culminar una clasificación histórica. Nuestra Tricolor va a ir, Dios mediante, a la próxima Copa Mundial en Catar”, mencionó el presidente Chaves Robles.
El gobierno de la República es consciente de la expectativa que tiene la población sobre este partido, sin embargo, la situación actual del país no permite el cierre total de instituciones todo un día, por lo que decidió dar un tiempo extraordinario dentro de la jornada laboral para el disfrute del juego.
“Obviamente todos queremos ver ese partido, pero el país está en una situación compleja, dar asueto o no dar asueto, decidí partir el ayote por la mitad, por eso le vamos a otorgar a los empleados del sector público una extensión en su hora de almuerzo para disfrutar del juego para que mandemos todas las buenas vibras y la emoción de un pueblo apasionado por el deporte más bello del mundo”, añadió el mandatario.
El decreto insta respetuosamente a la Administración Descentralizada, al Poder Judicial, Poder Legislativo, Tribunal Supremo de Elecciones, Municipalidades, Universidades Públicas y Sector Privado a la aplicación de esta medida temporal.
Se exceptúan de la aplicación a los funcionarios de los hospitales públicos, clínicas de la Caja Costarricense del Seguro Social y EBAIS, así como los trabajadores del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, de la Policía de Tránsito servidores policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público.
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