El salario mínimo es de aplicación en el sector privado de la economía, como lo sabemos. Su monto lo define el Consejo Nacional de Salarios (CNS), ente adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
El CNS, aunque tiene representación obrera-sindical, esta es muy “desteñida” y no expresa una vinculación fuerte con los grandes segmentos de la clase obrera del país.
Este 2024 estamos conmemorando el aniversario 75 de la todavía vigente Constitución Política, misma que entró a regir el 7 de noviembre de 1949.
La misma incluye un artículo del cual poco se habla; sin embargo, en la Costa Rica de la desigualdad (la de hoy día), tal artículo adquiere enorme relevancia.
Es el artículo 57 que nos plantea, en su primera parte, lo siguiente: “Todo trabajador tendrá derecho a un salario mínimo, de fijación periódica, por jornada normal, que le procure bienestar y existencia digna”.
Exhortamos a las personas trabajadoras que laboran para la empresa privada a que se pregunten si en este momento el salario mínimo que le pagan les garantiza, por una parte, bienestar; por otra, existencia digna. Creemos que no, en términos generales.
Han estado circulando en redes sociales diversas informaciones indicándonos que el monto actual del salario mínimo costarricense es el “más alto” de Latinoamérica.
Sin duda se trata de publicidad manipuladora que proviene de las esferas del gran capital, ideológicamente interesado en el incrementar la ganancia con la menor inversión posible, incluida la de la mano de obra.
La comparación entre el monto del salario mínimo que se paga en Costa Rica y el vigente en otros países latinoamericanos, es completamente impropia pues no considera el altísimo costo de la vida que agobia a los miles de hogares de la clase trabajadora que impera en nuestro país; al punto de que se nos considera el país más caro para vivir en esta región geográfica del planeta.
Y es que estos niveles de salario mínimo no permiten ascenso ni movilidad social. Por el contrario, se deteriora su poder de compra.
La propia Organización Internacional del Trabajo (OIT), en su más reciente informe Panorama Laboral 2023, indicó que hasta en un 10% se ha deteriorado el poder adquisitivo del salario mínimo en el período post-pandemia; según estudio a 17 países latinoamericanos, incluido el nuestro.
De manera tal que el asunto del salario mínimo es de prioridad altísima para una acción sindical con perspectiva de integración social y de lucha en contra de la creciente desigualdad.
En lo particular, tres ámbitos laborales asalariados merecen altísimo interés para cuestionar el actual nivel de salario mínimo: la producción agrícola bananero-pinera, la vigilancia y seguridad privada y la de los conductores-choferes de autobús.
En las tres, el corporativismo empresarial obtiene jugosísimas ganancias; y, razones nos sobran para pensar que las tres muestran “endebles” responsabilidades tributarias.
El salario mínimo es factor estratégico de una política pública en materia salarial que pretenda ser humanista y que, por tanto, vaya en la línea de la reducción de la desigualdad y a favor de la integración social.
Fuente Anep | Literal al original
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