INAMU alza la voz por bajas condenas en femicidios de Allison y Luany

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Para el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), los asesinados de Luany Valeria Salazar Zamora y Allison Bonilla Vásquez, por las características de estos, podríamos ser calificados bajo la figura de femicidio, sin embargo, preocupa la resolución de los Tribunales al calificarlos a ambos como homicidios simples. 

“La sentencia dictada hoy en el proceso judicial por el homicidio de Allison Bonilla y la anterior, en el juicio por el homicidio de Luany Valeria Salazar, nos llaman a reflexionar sobre la urgente necesidad de revisar la perspectiva desde la cual se examinan estos casos so pena de propiciar que las violencias se perpetúen, se repitan en otras mujeres”, señaló Marcela Guerrero Campos, ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del INAMU. 

Guerrero entizó además que la justicia pronta y cumplida implica también una expectativa de restitución de las víctimas que acuden a los Tribunales. “En casos como los que señalamos, en los que se juzga por homicidios de mujeres, no es posible restituir el derecho violentado, que es el derecho a la vida. La función de la justicia es reparar y por eso es necesario recordar que la reparación tiene una vocación transformadora, de tal forma que tenga un efecto no solo restitutivo sino también correctivo”, puntualizó la Ministra. 

Femicidio Ampliado 
Recientemente, el Congreso aprobó una modificación en la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres del año 2007 y sus Reformas, que indica que se podrá sancionar a cualquier persona involucrada en asesinatos asociados a la condición de género de la mujer y, fuera de la relación de pareja, pudiendo calificársele como femicidio, tal y como lo establece la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Convención Belem do Pará, ratificada por Costa Rica en 1995. 

“Si bien es cierto, la modificación a la Ley y sus reformas no ha sido publicada en La Gaceta, urge que los jueces y juezas se sensibilicen en el tema de género. Desde el INAMU estamos convencidas de que las resoluciones judiciales en materia de violencia contra las mujeres son un recurso más para seguir tratando de alcanzar el cambio cultural que esta sociedad machista y violenta requiere”, puntualizó Guerrero Campos. 

De acuerdo con la actual Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, un delito de femicidio ampliado se da cuando el esposo o compañero sentimental con el que convive la mujer la mata.  Otra definición de femicidio la brinda la Convención de Belém do Pará, que señala que un femicidio es la muerte de cualquier mujer por su condición de género, en este caso, se juzga bajo lo que señala el Código Penal.

Guerrero finalizó señalando que “espera que el sistema de administración de justicia costarricense, además de garantizar su acción pronta y cumplida, acoja las indicaciones que, respecto a la debida diligencia en materia de violencia contra las mujeres, han emitido diversas instancias internacionales”.  

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