Intervienen el AyA por supuesta estructura paralela

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Intervienen el AyA por supuesta estructura paralela.

HECHOS DE LA DENUNCIA PENAL

  1. La Junta Directiva del AyA en el 2007 aprobó y presentó una propuesta de reorganización administrativa para registro de MIDEPLAN, el estudio técnico de esta propuesta fue elaborado por la empresa Deloitte & Touche. Esta propuesta fue registrada mediante el oficio DM-125-08 del 13 de marzo del 2008 por parte de MIDEPLAN.
    2.- En este período (abril 2007 a julio 2010), conforme el Decreto Ejecutivo 33713- MP-MTSS-PLAN -no vigente en la actualidad-, la potestad de aprobación de la estructura organizacional era potestad de la jerarquía institucional, para lo cual se debía remitir 4 documentos: estudio técnico, aprobación de la jerarquía institucional, aval del ministro rector y pronunciamiento de la unidad de planificación institucional, siendo la competencia de MIDEPLAN solamente el registro, una vez que se remitiera dicha información.
  2. En oficio DM-197-09 del 18 de marzo del 2009, el entonces ministro de Planificación Nacional y Política Económica, señor Roberto Gallardo Núñez, solicita a la jerarquía del AyA presentar un informe de implementación de la reorganización administrativa, cuyo plazo había vencido el 13 de marzo del 2009. A esta solicitud, se brindó respuesta mediante el oficio PRE-2009-0384 del 4 de mayo del 2009 en el cual se indica que en un plazo de 45 días se remitirá un informe sobre el resultado obtenido en el proceso de reorganización administrativa. Pese a ello, este informe
    no fue remitido a MIDEPLAN.
  3. La estructura remitida por el Acueductos y Alcantarillados y registrada en el oficio DM-125-08 es un esquema organizacional muy plano, con pocos niveles organizacionales.
  4. Pese a ello, en el 2010, fue presentado a la Junta Directiva del AyA un Manual de Organización, el cual fue analizado en la sesión ordinaria 2010-029 celebrada el 27 de abril de dicho año, este Manual tenía como fin dar respuesta a una serie de disposiciones realizadas por la CGR en el DFOE-ED-7-2009, de forma que, se aprueba este nuevo Manual de Organización Institucional del AyA, mediante el acuerdo 2010-299, el cual muestra una estructura organizacional distinta a la presentada en el 2008 y que no cumple con la normativa aplicable en ese momento para modificar la estructura organizacional, es decir, no se presentó un estudio técnico, aval del ministro rector, pronunciamiento de la Unidad de Planificación Institucional y acuerdo de la Junta Directiva del AyA respecto al estudio técnico.

Ante la denuncia penal y la intervención del AyA, DEBE PREVALECER EL SERVICIO PÚBLICO que paguen los responsables y se resguarden los servicios.

Detallo Mario Rodríguez Bonilla Secretario General Sindicato de AyA

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