Juzgados de pensiones podrán autorizar salida del país a deudores sin pago previo

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Con el objetivo de ampliar la posibilidad para que una persona deudora alimentaria pueda salir del país sin necesidad de cancelar el monto de doce meses de pensión, la Fracción Nueva República presentó el expediente 23.584, que faculta al Juzgado de Pensiones Alimentarias a autorizar el viaje bajo algunas circunstancias especiales.

Dicho permiso será únicamente por motivos laborales, de salud o por el fallecimiento de un familiar en el extranjero, y para lograr la autorización de las autoridades judiciales, el principal requisito es estar al día con sus obligaciones, pero además debe ser asalariado y autorizar la deducción de la pensión de su salario mensual, todo eso como garantía a la protección del menor.

“Lo que buscamos es brindar al obligado alimentario una oportunidad que muchas veces, por temas personales o de liquidez financiera, le son imposibilitados, como por ejemplo crecer profesionalmente, o ir a dar el último adiós a un familiar que vivía en el extranjero” agregó la diputada Rosalía Brown.

Otro aspecto importante es que la iniciativa limita estas autorizaciones de salida del país a que la ausencia sea por un plazo no mayor de treinta días naturales.

“La protección del menor de edad, y la garantía de su manutención, es fundamental para nosotros y por eso cerramos portillos para que algunas personas salgan del país y dejen de cumplir con sus obligaciones, esos requisitos nos dan tranquilidad de que los menores recibirán su asistencia a tiempo, pero también que los obligados puedan cumplir con compromisos laborales y familiares sin mayor problema”, finalizó Fabricio Alvarado, Jefe de Fracción de Nueva República.

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