La Gerencia General de la CCSS, la selección y la acreditación en los puestos designados para la atención de covid-19 ha sido transparente

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La Gerencia General de la Caja Costarricense de Seguro Social aclara que la selección y la acreditación de la experiencia en los puestos designados para la atención de covid-19 ha sido transparente, porque fue ampliamente difundida; democrática, porque ha estado al alcance de todos los interesados; y realizada en igualdad, porque la experiencia se acumula en cualquier establecimiento de salud en la cual el funcionario se desempeñe.  

La aclaración se hace porque algunos trabajadores han manifestado sentirse discriminados en las listas de elegibles en los puestos de trabajo por funcionarios del CEACO, quienes regresan a los establecimientos donde usualmente laboran y piden que su experiencia acumulada en este centro temporal sea anotada en el expediente laboral.  

Walter Campos Paniagua / director  de Administración y Gestión de Personal

El director de Administración y Gestión de Personal Walter Campos  Paniagua asegura que la pandemia más bien significó que más personas pudieron documentar experiencia, “el reforzamiento de personal en todos los Centros de Salud de la institución, entre estas las personas que voluntariamente fueron al CEACO, crearon espacios en los establecimientos de salud donde otros también realizaron sustituciones, acumulando días de trabajo en sus respectivos centros de trabajo que les es acreditado para pertenecer en las listas de elegibles respectivas”. 

Al parecer, el punto en controversia es porque los funcionarios del CEACO regresan y pueden mejorar la calificación en las listas de elegibles citadas, lo que les permite acceder a futuros nombramientos. Sin embargo, eso tiene relación con los años de servicio de cada uno indistintamente donde se haga y nunca con que el trabajo del CEACO haya tenido alguna ponderación especial. 

Para el director de Administración y Gestión de Personal es importante señalar que, desde el primer momento, cuando se anunció la apertura del CEACO, las autoridades de la Caja comunicaron que sus trabajadores acumularían ese tiempo como experiencia acreditada en su lugar de origen en las respectivas listas de elegibles. 

La apertura del CEACO y sus condiciones fueron divulgadas por las vías oficiales y estuvieron al alcance de todos los trabajadores interesados. Tanto es así que, tras un comienzo incierto, por lo novedoso de trabajar en una unidad temporal, el correo de contacto de interesados en puestos disponibles registró un ingreso de más de 12 mil ofertas.  

El director de Administración y Gestión de Personal indica que esa misma condición se utilizó en todos los otros establecimientos de salud de la Caja: todo funcionario en la atención de los enfermos producto de la emergencia sanitaria por covid-19 tendrían experiencia para documentar en su expediente 

En ese ámbito de acción y dentro de lo que llevamos en la emergencia sanitaria con la imperiosa necesidad de atender a los enfermos y la reconversión de servicios un grupo de más de 5 mil funcionarios han trabajado en la atención del covid-19 bajo esa condición (hicieron sustituciones), entre ellos los más de 700 funcionarios del CEACO.  

Cronología 

La historia de la decisión y los cuestionamientos ha sido larga en todos los casos se ha sostenido la decisión institucional como ajustada a la legalidad vigente.  En la siguiente cronología se da cuenta de esas acciones. 

15 de marzo del 2021. La circular de la Gerencia General. Cuando se abrió el CEACO como parte de las acciones de la emergencia sanitaria la Gerencia General decidió que, aunque fuera temporal, la documentación de la experiencia era justa y razonable, en vista de que la temporalidad es una condición administrativa para interesados en atender a los enfermos producto de la emergencia sanitaria por covid-19, por la necesidad presentada, pero el tiempo del servicio en el puesto desempeñado era equivalente a hacer el servicio en cualquier otro establecimiento. 

Literalmente el documento decía lo siguiente: “ii.- Nombramientos Hospital Covid-19 (CENARE), en cuanto a este punto, señala que la experiencia que desempeñen las personas que se nombren internamente en el Hospital Covid 19, será acumulada en el registro de elegibles del centro de trabajo de donde proviene, según el puesto ocupado”. 

18 de marzo de 2021 Junta Directiva. El artículo 38° de la sesión N° 9164, la Junta Directiva acogió el criterio vertido por la Gerencia General con el concurso de la Dirección Administración y Gestión de Personal ratificando el procedimiento y se da a conocer al secretario general de UNDECA por las vías oficiales. 

10 de junio. SETENCIA DEL JUZGADO DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SECCIÓN SEGUNDA. Cuando un trabajador dudó de esa decisión interpusieron un recurso administrativo, el cual fue rechazado por el juez, dándole la razón a las autoridades.  En lasentencia en medida cautelar instancia N°  2021000952  se rechaza la medida cautelar que pretendía eliminar la acreditación de la experiencia en CEACO porque la persona que la suscribió la consideraba un acto discriminatorio, pero en el por tanto se razona jurídicamente distinto. 

Literalmente se anota lo siguiente:  

“Esa experiencia que ha tenido en el CEACO… no se puede desconocer, pues responde a funciones debidamente registradas, cumplidas y verificadas y por ello señala que la medida cautelar en ese sentido es irrazonable porque quiere la suspensión sobre parámetros subjetivos aun cuando eso signifique un perjuicio al interés público, a sus pares y al paciente en particular.”  

Y agrega que “el hecho de que la institución haya adoptado una medida de creación provisional del centro CEACO para atención de pacientes graves y enfermos por la enfermedad COVID 19 no significa que deba desprotegerse los derechos de quienes allí laboran, llámense activos o pasivos, ahí si configurándose una verdadera discriminación, bien delimitados se encuentran los lineamientos institucionales en el sentido de que, si la persona vuelve a su centro de trabajo es obvio que se le avale el tiempo que ejerció en tal puesto, ilegal sería negarle esa experiencia adquirida y dejarlos en la misma condición regresándolos a su centro y hacer ese tiempo como nulo por parte del trabajador como si no hubiese prestado el servicio, esto en total detrimento a los preceptos que rigen el empleo público. 

Sobre este tema existen demandas laborales en curso y en la cual la Caja documentará toda la información necesaria para hacer ver que se actuó en buena fe y de acuerdo con los derechos laborales. 

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