En una reciente resolución por un recurso interpuesto por el Dr. Francisco Perdomo, la Sala Constitucional de Costa Rica ha declarado parcialmente con lugar el recurso presentado en contra del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, específicamente en lo relativo a la censura previa y la libertad de expresión. El acta N° 2024-03-20, tomada durante la sesión ordinaria del 20 de marzo de 2024 de la Junta de Gobierno de dicho Colegio, ha sido anulada.
La sentencia ordena a Ana Margarita Marchena Picado, en su calidad de presidenta del Colegio de Médicos y Cirujanos, o a su sucesor en el cargo, abstenerse de repetir los actos que dieron lugar a este recurso. Se advierte que el incumplimiento de esta orden constituiría el delito de desobediencia, conforme al artículo 71 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, sancionable con prisión de tres meses a dos años o con una multa de veinte a sesenta días.
Además, se condena al Colegio de Médicos y Cirujanos al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados por los hechos que fundamentan esta resolución, los cuales serán liquidados en ejecución de sentencia en la jurisdicción contencioso-administrativa.
En cuanto a los demás puntos del recurso, la Sala Constitucional los ha declarado sin lugar. Esta decisión refuerza el compromiso del sistema judicial costarricense con la protección de los derechos fundamentales, como la libertad de expresión y el derecho a no ser sometido a censura previa.
Para más información y detalles sobre la resolución, puede acceder a la página web del Poder Judicial de Costa Rica o comunicarse a los números de contacto proporcionados.
Documento con firma digital
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