La telefonía prepago, ¿en manos de la Mafia?

En CRprensa.com, priorizamos la información de calidad. Por eso, en lugar de hacer noticias en redes sociales, compartimos enlaces directos a nuestras publicaciones completas. ¡Accede a la información que realmente importa!

Prácticamente el 100 % de los delitos utilizan números fantasmas, es decir que no tiene una trazabilidad, es común encontrar números a nombre de terceros que no tienen conocimiento de poseer ese servicio y estas personas engruesan las cantidades de denuncias, ya que abren un nuevo proceso por falsedad ideológica o suplantación, depende del caso. (Poder Judicial)

¿Como puede la persona evitar ser víctima judicial de estos actos? (Poder Judicial)
No tiene forma de evitarlo, si al delincuente lo quiere inscribir en estas líneas prepago, no existe mecanismo actualmente, esto porque los sistemas de las operadoras telefónicas así lo permiten.

Y es que ante la cantidad de delitos, con la cantidad de redes sociales nuevas en pro del gobierno, en vista de que se acercan las próximas elecciones, Costa Rica podría verse afectado de la forma en que lo denunció Estados Unidos en las ultimas elecciones. Para los propietarios de las redes sociales, el primer filtro de verificación es el numero de teléfono, y que hasta este momento al parecer a las autoridades parecen no es de importancia. (Opinión).

¿Y como afecta esto al país?

  • Pornografía infantil.
  • Trata de personas.
  • Delitos contra la vida.
  • Suplantación de identidad.
  • Narcotráfico.
  • Corrupción política.
  • Corrupción empresarial.
  • Corrupción policial.
  • Creación de redes sociales.
  • Bloqueo de sitios en redes de denuncia.
  • Entro otros.

Ya van dos semanas que CRprensa.com extendió varias consultas a diferentes instituciones:

  • Poder Judicial, se ve atado de manos.
  • Asamblea Legislativa, lo ascendieron a la comisión de seguridad y narcotráfico.
  • Tribunal Supremos de Elecciones, solicitaron información pero aun no responden, se le preguntó como evitarían la afectación en las próximas elecciones.
  • Procuraría General de la República, los políticos y los ciudadanos en igualdad de condiciones, si se ven afectados tendrán que acudir al Poder Judicial como todos.
  • ProdHab, indicó que no adelantarían criterio, ya que podría entenderse una investigación.
  • Defensoría de los Habitantes aun no responde.
  • Contraloría General de la República, indican que no tienen ingerencia.
  • Sutel, detallamos a continuación.

RESPUESTAS DE SUTEL.

Pregunta 1: ¿que garantía ofrece la SUTEL para proteger a todos los habitantes del territorio nacional, nacionales y extranjeros para no ser victimas de suplantación de identidad?

La suplantación de identidad es un delito sancionado con pena de prisión de uno a tres años, establecido en el artículo 230 del Código Penal costarricense, le corresponde a las autoridades judiciales atender las denuncias e investigar para definir cuando se incurrió en este tipo de delito.

El artículo 53 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones, señala que:

Obligación de los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones de verificar la autenticidad de los datos aportados por el cliente en la suscripción de servicios. Todos los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones se encuentran en la obligación de verificar la autenticidad de los datos y documentos de identificación aportados por sus clientes o usuarios al solicitar o suscribir servicios de telecomunicaciones.

Cuando los operadores y proveedores constaten que la información presentada para la suscripción de servicios es alterada o falseada, deberán negarse suscribir el contrato de los servicios solicitados”.

Según lo establecido en la normativa corresponde a los “operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones” velar porque esto se cumpla y eventualmente colaborar con las autoridades judiciales facilitando la información que corresponda, cuando así lo consideren pertinente.

Sin embargo, SUTEL dispone de herramientas como “Registro Prepago” para facilitar que los usuarios que utilizan líneas prepago a nombre de otras personas, puedan registrarlas a su nombre para garantizar que puedan ejercer sus derechos como usuarios de los servicios frente al operador.

Al no generar una factura mensual, los usuarios no sienten responsabilidad sobre el uso de las líneas prepago y las ceden a terceros que las utilizan sin ser los dueños. Esto impide que puedan ejercer derechos como: recuperar el mismo número de teléfono en caso de robo, aplicar portabilidad numérica, solicitar servicios adicionales, aprovechar ofertas, entre otros. La SUTEL realiza constantes esfuerzos para que los usuarios puedan tener debidamente a su nombre las líneas prepago.

Pregunta 2: ¿como garantiza la SUTEL que miembros de los tres poderes de la republica no sean vinculados con el narcotráfico o temas de corrupción?

Esas acciones no son competencia de la SUTEL. Las funciones y responsabilidades de la SUTEL están establecidas en la Ley General de Telecomunicaciones 8642 y la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos 7593.

Pregunta 3: ¿como puede un juez de la republica usar como prueba un mensaje de amenaza de un numero, si la misma SUTEL no puede comprobarlo?

A la SUTEL no le corresponde investigar amenazas desde números telefónicos, eso es competencia de las autoridades judiciales. Los operadores de telecomunicaciones tienen la “la obligación de verificar la autenticidad de los datos y documentos de identificación aportados por sus clientes o usuarios” y eventualmente facilitarlos a las autoridades respectivas si se requieren en algún proceso de investigación.

Pregunta 4: ¿Como puede un ciudadano comprobar que no tiene otros números registrados a su nombre? puede que algunos ni tengan teléfono.

La información sobre los clientes y servicios contratados, la tienen únicamente las empresas de telecomunicaciones en la relación comercial que tienen con sus clientes.

Si alguien sospecha que su identidad fue utilizada sin su consentimiento, debe poner la denuncia ante el Organismo de Investigación Judicial y a la SUTEL, para realizar la debida investigación y determinar si existió una posible falta por parte del operador de telecomunicaciones.

Pregunta 5: ¿Esta falta de registro convertiría a las empresas telefónicas en cómplices de los delincuentes que registran números desde la cárcel?

Las autoridades judiciales son las encargadas de realizar las investigaciones criminales y determinar la eventual responsabilidad de las partes involucradas. Esto no es una competencia de SUTEL.

Preguntas 6: Como demostramos en el video de la nota de prensa, se logró registrar los números 7166-XXXX de CLXXX y el numero 6330-XXXX de MOXXXX, por favor, agradezco: me certifique que las operadoras bajo el Art.43 llevan el registro de estos números, entre ellos la dirección exacta, correo electrónico, y otra para localizar al cliente. Teniendo en cuenta que fue mi persona y no el poseedor del numero de identidad 1-XXXX-XXXX quien me autorizó para usar su numero, ya que es colaborador de nuestro grupo.

Sobre los casos señalados SUTEL no cuenta con una denuncia formal.

La SUTEL no tiene acceso a las bases de datos de los clientes de las empresas; solamente vela por la calidad del servicio y derechos de los usuarios, cuando un cliente de estas empresas agota la vía administrativa con ellos y luego escala el caso ante el regulador. En esos casos la SUTEL conoce únicamente la información relativa a ese usuario.

Pregunta 7: Así mismo, agradezco según el ART-53 del mismo reglamento, ¿Cual es la sanción para estos operadores? ya que estarían obligados a verificar la autenticidad de los datos aportados por el cliente, y que claramente no dio ya que solo tenia un numero apuntado en un papel, como se ve en el video.

Antes de imponer una sanción la SUTEL debe realizar una investigación preliminar y contar con los indicios suficientes para el mérito de iniciar o no un procedimiento administrativo sancionatorio; aplicando el  debido proceso y dando espacio a las partes para su defensa.

Las causales y eventuales sanciones a las que se expone una empresa de telecomunicaciones están establecidas en los artículos 67 y 68 de la Ley General de Telecomunicaciones 8642.


Nuestra conclusión, hasta el momento y aun con conocimiento a traves de nuestra consulta solo la ProdHab indicó que podría desprenderse una investigación, mientras tanto, a tan solo unos meses de las proximas elecciones y con la cantidad de delitos que que han sobrepoblado nuestras carceles donde median esta debilidad del sistema, donde los politicos pueden verse ensuciados en las proximas elecciones vinculandolos con el narco y la corrupción, hasta el momento este medio no persive un interes de ninguna institución de actuar de oficio para frenar esta serie de delitos que cuesta la vida a muchos ciudadanos a diario, que cuesta millones desde las carceles. ¿En manos de quien estamos?

Si te ha gustado, ¡compártelo con tus amigos!
ESTIMADOS LECTORES: Nuestro mayor reto es hacer sostenible un periodismo libre e independiente, que de voz al pueblo, sin conflicto de intereses, apóyanos a seguir promoviendo la libertad de expresión. | SUSCRÍBIRSE | INGRESAR | APÓYANOS