MEIC impulsa proyecto de ley que fortalece vigilancia de mercado para aumentar calidad de los productos

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Con el fin de modernizar la Ley N° 8279, Ley de Sistema Nacional para la Calidad (SNC), el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), impulsa un proyecto de ley de reforma para garantizar la salud y seguridad de los consumidores, así como la competitividad de las empresas formales, reforma que se tramita bajo el Expediente 21.169.

La iniciativa busca facilitar al acceso de las herramientas para que las empresas demuestren el cumplimiento de altos estándares de calidad y posibilitarle al Estado la labor de vigilancia de mercado, por medio de la coordinación institucional y alianzas con el sector privado, como recomienda la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Es importante señalar que tras la aprobación de la Ley hace 20 años, ahora se requiere de una actualización, por lo que se incluyen las siguientes novedades:

  • Resolución de las sanciones: este Proyecto de Ley incluye un capítulo que no se encuentra en la ley vigente, el cual hace referencia a las sanciones que aplicarían a los organismos acreditados como laboratorios de organismos de inspección o entes certificadores que incumplan los deberes definidos en la ley,  que podrían poner en riesgo la salud y seguridad de los consumidores.
  • Vigilancia de mercado: esta es una labor importante que permite asegurar que en el mercado los productos (nacionales e importados) participen en igualdad de condiciones, es decir, con las reglas establecidas mediante los reglamentos técnicos emitidos por el Poder Ejecutivo y de esta manera evitar competencia desleal entre actores del mercado.

Entre los aspectos novedosos de la propuesta, se incluye la responsabilidad del MEIC en su función como ente rector de velar por la vigilancia del mercado por parte de las autoridades nacionales de control, con el fin de promover  mecanismos de verificación o inspección conjunta, tal y como lo señala la OCDE, así como la posibilidad de realizar inspecciones y verificaciones de cumplimiento en puertos, aduanas, almacenes de distribución y otros establecimientos  diferentes a puntos de venta directa al consumidor.

  • Retiro de productos: actualmente la Dirección de Calidad del MEIC, por medio del departamento de verificación de mercado, realiza prevenciones; sin embargo, no puede retirar productos, por lo que la reforma permitiría, decomisar o destruir mercancías defectuosas que pongan en riesgo la salud o la seguridad del consumidor. 

Es importante señalar que la propuesta de ley establece que previo a que  cualquier autoridad de vigilancia de mercado,- como el MEIC, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) u otra entidad pública que realice esta acción-, proceda a aplicar medidas cautelares, debe otorgarse una audiencia a la parte interesada para que resuelva en un plazo determinado y así evitar dicha medida.

“Este proyecto calza perfectamente con nuestros objetivos de promover la producción y defender el consumidor. Lo primero, porque evita la competencia desleal a quienes cumplen con la normativa vigente. Lo segundo, porque un Sistema Nacional para la Calidad más robusto, donde se garanticen productos con altos estándares de calidad, que permita evitar la venta de un producto que puede ser perjudicial para la salud, sin duda beneficia a los consumidores”, destacó Francisco Gamboa, ministro de Economía, Industria y Comercio.

Esta reforma se ha trabajado de manera conjunta con el SNC, el Laboratorio Costarricense de Metrología (LCM), el Ente Nacional de Normalización (Inteco) y el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), y cuenta con el apoyo de organizaciones como la Unión Costarricense de Cámaras Empresariales (UCCAEP) y la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR).

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