No existió filtración de datos; la información oficial y de tipo general aportada se apega a la normativa nacional y a las directrices administrativas que regulan la materia
17 de junio del 2022. En relación con noticias difundidas en las últimas horas, sobre la supuesta filtración de información a un medio de comunicación con datos de causas penales en contra del señor Presidente de la República, la Fiscalía General de la República informa y aclara a toda la población:
1. Que, en los meses de febrero, marzo y abril del 2022, distintos medios de comunicación demandaron al Ministerio Público información acerca de los expedientes en contra de personas candidatas a puestos de elección popular, como Diputadas, Diputados y aspirantes a la Presidencia de la República.
2. En el caso específico del entonces candidato presidencial, señor Rodrigo Chaves Robles, y tras la necesaria verificación de información con diferentes despachos del Ministerio Público, se confirmó a los periodistas solicitantes datos generales de los cinco procesos penales que existían en su contra en ese momento, antes de que fuera electo Presidente, en la Fiscalía Anticorrupción.
3. La información facilitada consistió en la confirmación de los apellidos de la persona, nombre de la fiscalía que tramita el caso, número de expediente, presunto delito y estado de la causa. Lo anterior, en apego a las directrices administrativas vigentes (circular 04-ADM-2019), que establecen como público ese tipo de datos generales, sin afectación alguna para el desarrollo de la investigación, y en apego a la Ley: artículo 295 del Código Procesal Penal (privacidad de las actuaciones en la fase de investigación) y artículo 5 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Publicidad).
4. A ningún medio de comunicación se le entregó información sobre los hechos indagados ni sobre el fondo de cada uno de los expedientes.
5. A partir del 8 de mayo, una vez que el señor Chaves asumió como Presidente de la República, y al cobijarle el fuero de protección (inmunidad), los expedientes activos pasaron a ser tramitados por la Fiscalía General, puesto que la Ley Orgánica de la institución establece que sólo podrá tramitar causas contra personas miembros de Supremos Poderes quien ocupe el cargo de Fiscal General.
6. Finalmente, se aclara que, en apego a la legislación vigente, el Ministerio Público no comunica a la persona imputada sobre la existencia de una causa penal en su contra, sino que, en caso de ser necesario, la convocatoria se realizará en el momento oportuno de acuerdo a lo establecido y por las instancias correspondientes.
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