Nombrado Regulador General de ARESEP

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Con el voto de 45 diputados fue ratificado el nombramiento de Erick Alonso Bogantes Cabezas como Regulador General y miembro de la Junta Directiva de la entidad. Bogantes Cabezas fue propuesto por el Poder Ejecutivo el 29 de agosto, ante la renuncia de William Villalobos Herrera.

Bogantes Cabezas fue recibido por la Comisión Permanente Especial de Nombramientos el 12 de setiembre en donde brindo detalles sobre su trayectoria en la función pública, así como el conocimiento de los temas a los que se refirió.

La diputada Alejandra Larios Trejos, presidenta de la comisión, indicó que cumple con todos los requisitos y tener conocimiento de la materia regulatoria.

En su informe los legisladores de la comisión indicaron que “destaca de su exposición la intención de proponer mejoras en lo que compete a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, refiriéndose además a los procesos de transparencia, fortalecimiento de la capacidad y eficiencia institucional, imparcialidad, así como a impulsar los proyectos que mejoren la regulación de los servicios según las facultades que legalmente tiene”.

Los diputados votaron a positivamente el informe emitido por la Comisión Permanente Especial de Consultas de Constitucionalidad del expediente N°. 21.630 Adición de un párrafo segundo al artículo 89 de la Constitución Política para la incorporación del derecho fundamental al deporte y la recreación.

El diputado Jonathan Acuña Soto, solicitó apoyar el informe emitido por la Comisión y recomienda anular el acto legislativo, que remitió el proyecto a la Comisión Permanente Especial de Redacción.

En el por tanto la Sala Constitucional señalo “que se tramita en el expediente legislativo n.° 21.630, contiene el vicio sustancial en el procedimiento legislativo al haberse enviado a la Comisión Permanente Especial de Redacción sin haber sido sometido antes a dos debates.

Acuña Soto destacó que es una reforma importante para incluir en la Carta Magna el derecho al deporte y la recreación.

Se le dio tercera lectura y admisibilidad al expediente N°. 20.891 Reforma al artículo 165 de la Constitución Política, pretende que los casos del régimen disciplinario de magistrados de la Corte Suprema de Justicia no podrán ser suspendidos sino por declaratoria de haber lugar a formación de causa, o por los otros motivos que expresa la ley en el capítulo correspondiente al régimen disciplinario. En este último caso, el acuerdo habrá de tomarse en, sesión pública, por la Corte Suprema de Justicia. La votación deberá ser pública y requerirá de mayoría simple del total de sus miembros.

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