La Corte Interamericana de Derechos Humanos está a horas de dar a conocer su fallo en el caso denominado “Beatriz versus El Salvador”, en el que grupos proaborto pretenden hacerle creer a la corte que la muerte de Beatriz, en un trágico accidente de tránsito, pudo evitarse si a ella se le hubiera practicado un aborto cuatro años antes.
“Quienes defendemos la vida hemos insistido hasta el cansancio que no tiene ninguna relación la situación de salud que presentaba Leilani, la bebé en gestación de Beatriz y quien falleció horas después del nacimiento pese al intento de los grupos pro aborto para que Beatriz cortara el embarazo, con la lamentable muerte de la mujer que se presentó cuatro años después en un accidente de tránsito mientras viajaba en una motocicleta”, aseguró Fabricio Alvarado, firmante de la moción.
Es evidente que nada tiene que ver un accidente de tránsito con un hecho ocurrido cuatro años antes. Si bien es cierto ambas situaciones son lamentables y dolorosas, no se pueden ligar, sino que son hechos aislados que no se pueden vincular con la legalización del aborto o no en un país.
El documento se someterá a votación de todos los diputados la tarde de este jueves en el plenario legislativo y básicamente busca que, en caso de que la corte les dé la razón a los grupos pro aborto, Costa Rica inicie el proceso inmediato para salirse de la Corte Interamericana ante el riesgo de que el fallo sea vinculante e imponga a nuestro país la obligación de legalizar el aborto.
Agradecemos el impulso y apoyo que el Frente Nacional por la Vida ha expresado en su firme y contundente posición Pro Vida, para que la Corte no emita una resolución que ponga en riesgo la vida de millones de futuros no nacidos del Continente Americano. El Frente por la Vida se ha hecho sentir junto con otros múltiples movimientos Pro Vida en el continente como “Citizen Go”, y www.casobeatriz.org, quienes han presentado más de 57 mil firmas, para que la Corte emita una resolución que se ajuste al artículo cuarto de la Convención América de Derechos Humanos que claramente indica: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida… a partir del momento de la concepción.”
“Insistimos a los jueces para que no cedan ante el lobby abortista financiado por empresas que se benefician del detestable negocio de acabar con la vida de bebes en gestación. También a los demás países para que se sumen a la defensa de la vida y al Presidente Chaves para que no permita la imposición del aborto en caso de que la corte presenta hacerlo”, finalizó Alvarado.
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO LEGISLATIVO
MOCIÓN DE ORDEN
DE VARIAS (OS) DIPUTADAS (OS)
Considerando:
- Que, en el año 2013, médicos, abogados y activistas proaborto, al conocer el caso de Beatriz, una salvadoreña embarazada, madre de la bebé llamada Leilani, diagnosticada en el vientre con una enfermedad grave que presagiaba una corta vida, abusaron de su situación de vulnerabilidad y distorsionaron la percepción de Beatriz para manipularla y solicitar aborto para su caso.
- Que Beatriz nunca estuvo en riesgo inminente de muerte, según las pruebas clínicas realizadas, al punto que Leilani nació y vivió por algunas horas y su madre continuó con su vida con total normalidad y sin secuelas, pues los médicos que la atendieron, constantemente, priorizaron su salud y su vida.
- Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) levantó las medidas provisionales a favor de Beatriz, en una resolución del 19 de agosto de 2013, tras reconocer que el Estado de El Salvador había tomado las acciones necesarias para garantizar su vida.
- Que, lamentablemente, Beatriz falleció cuatro años después del nacimiento de Leilani, a causa de un accidente de tránsito, hecho que varios grupos abortistas relacionaron con la prohibición del aborto pretendido, con el fin de torcer la verdad y aprovechar la tragedia de esta mujer luchadora, para promover su agenda proaborto en América Latina.
- Que el 5 de enero de 2022, el lobby activista para la legalización del aborto acudió ante la Corte IDH para solicitar que se declarara la responsabilidad internacional de El Salvador por la presunta violación de los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales, vida privada e igualdad, según su visión ideológica particular, lo cual se tradujo en la apertura del caso denominado “Beatriz y otros versus El Salvador”.
- Que el objetivo explícito de estas organizaciones es que la Corte IDH siente precedentes internacionales, ya sea sobre la necesidad de protocolos o guías para establecer la denominada “interrupción del embarazo” o, para el llamado “aborto terapéutico”, con el fin de ampliar las causales de despenalización del aborto y fomentar su práctica, como medio para conseguir la legalización de este en cada país, sin la intervención de los poderes legislativos, lo cuales, en virtud del mandato soberano de sus pueblos, son los llamados a definir este tipo de políticas para sus naciones.
- Que, antes del 29 de noviembre de 2024, los jueces de la Corte IDH deberán establecer la sentencia del caso de marras y que una eventual condena a El Salvador representa una clara pretensión de avanzar hacia la legalización del aborto fuera de la institucionalidad democrática de los países adscritos al organismo y, en ese tanto, para pasar por encima de los poderes legislativos de los países, como ya lo han hecho con otros tópicos.
- Que todas las afirmaciones, principios y derechos expresados en los diferentes instrumentos internacionales, siempre deben interpretarse en función de la dignidad inherente al ser humano, tal y como lo reconoce la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su preámbulo primero, el cual, literalmente, garantiza “la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”,
- Que en el preámbulo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, se indica que “los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana”, mientras que se reconoce en su artículo 11 el derecho a la honra y la dignidad y en el numeral 24 el derecho a la igualdad.
- Que, en este mismo sentido, estamos obligados a señalar que la Constitución Política de Costa Rica establece, en su artículo 33, que toda “persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana”, a la vez que, en su numeral 21 señala, contundentemente, que “la vida humana es inviolable”.
- Que, el derecho a la vida está protegido, expresamente, en el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el artículo 4 del Pacto de San José que, literalmente, dice: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.
- Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) establece que el orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados.
Por tanto, varios (as) diputados (as) hacen la siguiente moción:
Para que el Plenario Legislativo acuerde:
- Solicitarle al Presidente de la República, en su condición de Jefe del Estado costarricense, para que, en el evento de que en el caso Beatriz y otros versus El Salvador, la Corte Interamericana de Derechos Humanos falle en contra del Estado Salvadoreño y zanje el camino para la legalización del aborto en ese hermano país y en el resto del subcontinente, adopte una postura firme en defensa del derecho a la vida, los valores fundamentales de la sociedad costarricense y la soberanía nacional; así como, en apego a lo establecido en los artículos 21 y 33 de la Constitución Política de la República y el numeral 4 del Pacto de San José, y para que denuncie la Convención según lo establecido el artículo 78 de ese cuerpo jurídico.
- Hacer un llamado vehemente a la comunidad internacional, para que se sume al esfuerzo continental por detener la legalización del aborto en los países latinoamericanos que aún protegen la vida de las personas no nacidas, como lo ha hecho la sociedad civil organizada provida de Costa Rica por muchos años, mediante procedimientos jurisdiccionales en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por encima de los poderes legislativos de los Estados latinoamericanos, como es el caso de Beatriz y otros versus El Salvador.
- Solicitarle a la alta magistratura de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en las personas de sus jueces, que en el caso de Beatriz y otros versus El Salvador se atengan, expresamente, a la exégesis de los instrumentos internacionales ratificados por los países de la región, en particular, por el texto de la Convención Americana de los Derechos Humanos o Pacto de San José, particularmente en su artículo 4, que garantiza la inviolabilidad de la vida humana desde antes de nacer y hasta su muerte natural.