Las personas privadas de libertad denuncian, con frecuencia, ante la Defensoría de los Habitantes, enfrentar diversos problemas para acceder oportunamente a la atención médica y servicios de salud en general, dentro del sistema penitenciario.
Las quejas que se atienden en la Defensoría van desde barreras para obtener los servicios de salud hasta problemas con procedimientos, recursos disponibles para la atención, equipamiento, ausencia de protocolos, entre otros, que sobrepasan los límites de la oportunidad, razonabilidad y calidad que garanticen el derecho a la salud de esta población.
Algunas de las situaciones que denuncian con mayor frecuencia las personas privadas de libertad están la entrega tardía de medicamentos, problemas en la prescripción y despacho de dietas terapéuticas, inoportunidad en el despacho de medicamentos para el VIH-SIDA, situaciones con la disponibilidad de condiciones especiales para personas con enfermedades graves como el cáncer y problemas de coordinación con los servicios de la CCSS.
También presentan quejas relacionadas a las dificultades con la gestión y coordinación de salidas médicas, pérdida de citas programadas con los especialistas, problemas con el traslado de los expedientes médicos, dilación en la entrega de insumos médicos: lentes, prótesis dentales, pañales, bolsas para colostomía y problemas con el modelo de solicitud de atención médica. A ello se suma falta de equipamiento, dilación en la entrega de resultados de exámenes, problemas en la gestión de atención de la salud, barreras para acceder a la consulta médica, calidad y cantidad de alimentos que se brindan, condiciones físico sanitarios de los centros, deficientes condiciones de infraestructura e higiene relativas a los consultorios médicos, cocinas, ámbitos, celdas, servicios sanitarios y duchas de los centros penitenciarios y problemas con las instalaciones de alojamiento de la policía penitenciaria en los centros penales, entre otros.
El Principio de Normalidad establecido en el Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional No. 40849-JP refiere que las condiciones de vida de la persona privada de libertad deberán tener como referencia la vida en libertad. De tal suerte, que la Administración activa debe de procurar garantizar equidad en las condiciones de vida de las personas en los centros penitenciarios, a fin de proteger su dignidad humana.
La Defensoría de los Habitantes hace un llamado hacia la puesta en marcha de procesos de coordinación entre las instancias de salud del sistema penitenciario nacional y las autoridades de la CCSS en todas las regiones del país a fin de mejorar acciones de intervención, en procura de la salud de esta población. Para tal efecto, resulta necesario el fortalecimiento de procedimientos internos en la gestión penitenciaria que prioricen los procesos de atención en salud, que se actualicen protocolos, y prioritariamente se retomen los procesos de actualización y renovación del Convenio entre la CCSS y el Ministerio de Justicia sobre el particular.
Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes
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