Este lunes por la mañana fue presentado por el Gobierno el proyecto de ley N° 22.770 “Valor del flete de mercancías contenerizadas que se transporten por vía marítima”, tal y como fue informado el sábado. La propuesta fue firmada por el Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y el Ministro de Hacienda a.i., Isaac Castro Esquivel.
La iniciativa pretende reducir las afectaciones al sector productivo y a los consumidores, por el elevado incremento del costo de transporte de mercancías debido a la crisis de contenedores, para lo cual se establecerían valores fijos de referencia para los fletes de mercancías en lo concerniente al cálculo de impuestos.
Los valores de referencia que se proponen en el proyecto se basan en el análisis de los datos de las declaraciones de importación hechas en 2019, antes del impacto de la pandemia y de la actual crisis de contenedores, y se establecería temporalmente, mientras dure dicha crisis.
Dicho texto fue construido con base en valiosas propuestas aportadas por la Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR) y otros sectores privados, en un proceso articulado con el Ministerio de Comercio Exterior (Comex), y la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda.
El proyecto
En Costa Rica, los gastos de transporte de las mercancías importadas son parte de su valor en aduana; por ello, los incrementos impactan en una proporción el valor final de los costos de importación. El proyecto pretende que la base imponible de los derechos y tributos a la importación, se determine con base en el valor de referencia del flete declarado de puerto a puerto, de acuerdo con la siguiente tabla, basada -como ya se dijo- en los datos registrados durante 2019, precisamente para eliminar el efecto sobre esos costos de la actual crisis de contenedores:
País o Región de Procedencia | Valor de referencia contenedores 20 pies | Valor de referencia contenedores 40 pies |
Asia | $1.600 | $2.000 |
Europa | $1.300 | $1.550 |
Estados Unidos Costa Este | $2.000 | $2.500 |
Estados Unidos Costa Oeste | $2.500 | $3.000 |
Canadá | $2.000 | $2.500 |
México | $1.500 | $2.000 |
Argentina, Uruguay, Brasil, Colombia, Perú, Ecuador, Caribe y Chile | $1.500 | $2.000 |
Resto del Mundo | $2.000 | $2.500 |
Tales valores de referencia tendrán vigencia hasta el 30 de junio del 2022, inclusive, a partir de la publicación de esta ley. Se podrán prorrogar por dos veces y por seis meses cada prórroga, con un debido razonamiento por parte del Ejecutivo y con la correspondiente revisión de montos, regiones y países de procedencia.
Otras acciones
El país trabaja en paralelo dos rutas para mitigar el problema de los fuertes aumentos del transporte marítimo: soluciones a nivel interno como el proyecto de ley indicado y soluciones en el ámbito centroamericano.
En este segundo punto, el ministro de Comercio Exterior Andrés Valenciano, le informó al Consejo de Gobierno, el 26 de octubre anterior, que Costa Rica llevó ante el Consejo de Ministros de Integración Económica (Comieco) el planteamiento de una norma habilitante, temporal y voluntaria, para que a los fletes, en la parte relativa al cálculo de impuestos de importación, se le cobren tasas calculadas con una base “prepandemia”, lo cual bajaría las tarifas.
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