Regresan a primer debate ley que limita reelección indefinida de alcaldes

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Por medio de una moción de la diputada María Inés Solís Quirós del PUSC, 40 diputados acordaron regresar al primer debate el expediente N.º 21.810 reforma al artículo 14 del Código Municipal y sus reformas, Ley N.º 7794 de 30 de abril de 1998, se limita la reelección indefinida de las autoridades locales.

La iniciativa establece que las alcaldesas, los alcaldes, los intendentes o intendentas y las personas regidoras, regidoras suplentes, síndicas y síndicas suplentes podrán ser reelegidos de manera continua por una sola vez. No podrán postularse para cualquier cargo de elección popular del Régimen Municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segunda elección.

Las personas que ostenten los cargos de elección municipal, en el período 2020-2024, podrán reelegirse consecutivamente por una única vez. Mientas que las personas que actualmente se desempeñen como alcaldes, alcaldesas, intendentes o intendentas y ya han sido elegidas en sus cargos por al menos dos períodos consecutivos, deberán esperar a que transcurran dos períodos para poder volver a nominarse a cualquier puesto de elección popular del Régimen Municipal.

Además, los legisladores, aprobaron en primer debate una serie de autorizaciones para diferentes gobiernos locales, que van desde donaciones de terrenos hasta segregación de otros y autorizaciones para reducir la morosidad de los contribuyentes.

El primero en ser aprobado fue el expediente N.º 22.101 autorización al Estado para que done un terreno de su propiedad a la Municipalidad de Desamparados, con el apoyo de 40 legisladores.

Seguido por el expediente N.º 20.597 autorización a la Municipalidad de Turrialba para que segregue, desafecte del uso público y done un terreno de su propiedad a la Asociación Turrialbeña de Radioaficionados.

Expediente N.º 22.201 Ley para la conservación y desarrollo sostenible de los ecosistemas de humedal de San Vito de Coto Brus. Esta iniciativa establece que el Ministerio de Ambiente y Energía deberá realizar en coordinación con las instituciones competentes y el gobierno local la zonificación de las cuencas hidrográficas que abastecen al Sistema de Humedales de San Vito de Coto Brus, de forma que se delimiten las respectivas áreas de protección y otras que se determinen con base en estudios técnicos y las contempladas en la legislación ambiental.

Además, autoriza al Sistema Nacional de Áreas de Conservación para que delimite las áreas de protección absoluta.

Expediente N.º 21.739. Modificación del artículo 2 de la Ley de Autorización a la Municipalidad de San Pablo de Heredia para que segregue lotes de un terreno de su propiedad y los done a los beneficiarios del proyecto de vivienda Las Joyas.

El diputado Walter Muñoz Céspedes cuestionó que no se vean las reformas constitucionales necesarias para que este tipo de iniciáticas sean discutidas directamente en las Municipalidades y no tengan que pasar por la Asamblea Legislativa.

Audio diputado Walter Muñoz Céspedes

Expediente 22.637. Autorización al Estado para desafectar y donar un terreno de su propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barva.

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