Renta tendrá como fuente solo ingreso en territorio nacional

En CRprensa.com, priorizamos la información de calidad. Por eso, en lugar de hacer noticias en redes sociales, compartimos enlaces directos a nuestras publicaciones completas. ¡Accede a la información que realmente importa!

La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos dictaminó afirmativamente el Expediente 23.187 titulado Interpretación Auténtica del Artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.º 7092 del 21 de abril de 1988 que establece que estarán gravadas con el impuesto sobre la renta únicamente los ingresos que resulten de transacciones o contratos cuya fuente esté ubicada en el territorio costarricense.

La propuesta del diputado Jorge Dengo Rosabal determina que el concepto de fuente costarricense, deberá supeditarse a los servicios prestados, bienes situados o capitales en el territorio nacional, y para cuyos efectos, deberá entenderse el territorio nacional como los límites geográficos y geopolíticos que establece el artículo 6 de la Constitución Política, independientemente del origen de los bienes o capitales, o el lugar de negociación sobre los mismos.

La diputada Rocío Alfaro Molina advirtió que el plan no cumple con los requisitos y comete el abuso de la norma de interpretación auténtica cuya definición y límites ha sido fijada por todos los actores institucionales en la misma dirección, indicando usar el derecho de legislar como lo señala la Constitución Política y esta clase de propuestas debe hacerse por la vía de la reforma de la ley y no por la interpretación auténtica.

Audio diputada Rocío Alfaro Molina

La diputada Gloria Navas Montero manifestó que en caso de resultar algún problema el proyecto va al Plenario Legislativo y se puede promover la consulta a la Sala Constitucional sobre los efectos.

La Comisión también dictaminó el Expediente 23.436 titulado Ley para penalizar el maltrato animal en los criaderos de animales domésticos. El proyecto aumenta en un tercio la pena por el delito de crueldad contra los animales cuando se trate de gerentes, administradores, apoderados, trabajadores o propietarios de un establecimiento dedicado a la crianza, reproducción y venta de animales domésticos o domesticados, así como cuando la conducta se cometa entre dos o más personas.

La diputada Gloria Navas Montero se opuso porque no es necesario agrandar leyes que penalizan conductas pero que la propuesta no llena los requisitos para establecerlos como crimen, sino que hay otros medios que no se asemejen a los penales.

Comentó que existe la dificultad que puede darse para demostrar que un animal está siendo atacado de alguna manera en un criadero. El OIJ tendrá que hacer la inspección y la sanción es de tres meses a un año, razón por la cual debe rechazarse. Además, resaltó la saturación sufrida actualmente en el sistema penal costarricense.

La diputada Daniela Rojas Salas dijo en contraste que la penalización ya existe y el proyecto le pone el agravante. No se crea un nuevo delito.

Si te ha gustado, ¡compártelo con tus amigos!
ESTIMADOS LECTORES: Nuestro mayor reto es hacer sostenible un periodismo libre e independiente, que de voz al pueblo, sin conflicto de intereses, apóyanos a seguir promoviendo la libertad de expresión. | SUSCRÍBIRSE | INGRESAR | APÓYANOS