Boletín del Presidente de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de Derechos Humanos del Continente Americano (RINDHCA) , quien insta a la Comisión Legislativa a respetar el debido proceso en investigación que se lleva contra la Defensora d de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho.
En calidad de Presidente de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de Derechos Humanos del Continente Americano (RINDHCA1), he tenido conocimiento a través conversaciones realizadas con la Defensora de los Habitantes de Costa Rica, doctora Catalina Crespo; que, ante la Asamblea Legislativa de Costa Rica se ha presentado una denuncia en su contra o de la Defensoría (no está totalmente claro); y ello ha provocado la creación de una Comisión Legislativa Especial de Investigación, la cual se reunió el día 5-4-2022; y había convocado a la doctora Catalina Crespo a una audiencia de remoción al cargo que se llevaría a cabo el 18-4-2022 la cual fue suspendida –entre otras cosas- por la emisión de medidas cautelares por parte de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de ese país.
A pesar de lo anterior, este día me he enterado que la Comisión Legislativa Especial de Investigación del
Congreso de Costa Rica que arriba se ha mencionado ha señalado audiencia (para este día) en la que
aparentemente se pretende destituir a la doctora Catalina Crespo del cargo de Defensora de los Habitantes de Costa Rica; y ante ello, reitero que la referida defensora, a la fecha, no ha tenido la oportunidad de: a) tener acceso a la acusación que se ha formulado en su contra; b) no conoce los medios de prueba que se hayan presentado: c) no ha tenido la oportunidad de producir algún medio de prueba de descargo; y d) no ha tenido acceso al expediente; lo cual implicaría continuar agrediendo el debido proceso (derecho fundamental de toda persona).
El suscrito reitera que, la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica mantiene su categoría “A” concedida
por la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI); y la doctora Catalina
Crespo ha demostrado que su accionar se base en la independencia que regulan los Principios de Paris; y,
por lo tanto, es de suma preocupación la situación que brevemente arriba se ha descrito; consecuentemente, en la calidad antes indicada, con el debido respeto EXHORTO:
A las y los diputados de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, garantizar y respetar el debido proceso en
la sustanciación de la denuncia que se haya presentado en contra de la doctora Catalina Crespo o de la
Defensoría de los habitantes, tal como lo establece el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos
Humanos.
El Salvador, 25 de abril 2022.
José Apolonio Tobar Serrano
Presidente de RINDHCA