San José, 13 Ene (Publicación Literal de Elpaís.cr).- La Sala Constitucional en sentencia 2022- 000469 condenó al Ministro de Salud de Costa Rica, Daniel Salas, por ocultar información sobre la emergencia con arsénico en Guanacaste.
«En realidad quiere esconder que no ha cumplido apropiadamente con su deber de atender la salud de los pobladores de Guanacaste afectados por tomar agua con arsénico durante más de 10 años», aseguró la Asociación Ecologista Confraternidad Guanacasteca.
La organización resaltó que «el señor Daniel Salas dice que NO HAY EMERGENCIA SANITARIA. Sin embargo sigue vigente el DECRETO EJECUTIVO N° 38524-S que declara emergencia sanitaria debido a la presencia de arsénico en niveles superiores a los 10ug/l en algunas comunidades de Guanacaste y Alajuela».
Las comunidades organizadas a través de la Municipalidad de Bagaces, han solicitado al ministro realizar un muestreo sobre la presencia de arsénico, en el pelo, la orina y la sangre de varias comunidades, altamente afectadas.
«No lo ha querido hacer. ¿Por qué?», preguntó el dirigente de Confraternidad Guanacasteca, Gadi Amit. «Si se hace y no hay acumulación de este metal en la gente todo está bien», indicó.
Amit destacó que si aparece arsénico, «sería una prueba irrefutable de graves delitos contra la salud pública, que ha provocado decenas de muertos y cientos de incapacitados».
«La excusa de que la ERC – Insuficiencia Renal Crónica se daba en trabajadores de la zafra azucarera, por falta de rehidratación adecuada, se cae a pedazos, hoy, que entre los afectados hay jóvenes, niños, mujeres, que nunca han cortado caña», sostiene Amit.
De seguido añadió que «la excusa es que han dedicado sus esfuerzos para que el agua potable no pase de la medida máxima de veneno fijada por las normas. No siempre lo han logrado».
«Para mayo próximo prometen terminar el nuevo acueducto para Bagaces», recordó.
«Esto no toma en cuenta que el arsénico se absorbe y acumula en el cuerpo de personas, de animales y de cultivos que lo reciben. Posiblemente, la medida sea válida en condiciones normales. Pero resulta que por el calor hay gente que toma el doble de agua y por lo tanto ingiere el doble de arsénico», apuntó el dirigente ambientalista.
También recordó que a eso «le sumamos que el problema se detectó en 2010, hace 11 años».
«Daniel Salas fue condenado por la Sala Constitucional en Sentencia 2021-019191 de 27 de agosto 2021 a que responda a nuestra solicitud de información. No lo ha hecho. Desobedeció a las órdenes de SALA IV».
«Por ello, nos vimos obligados a interponer un segundo Recurso de Amparo por no responder a nuestras consultas. En la nueva Sentencia 2022- 000469 de 07/01/2022, los 7 Magistrados encuentran que no respondió», ahondó.
Ver documento: Sentencia notificada sobre arsénico en Bagaces, Guanacaste.
La sentencia notificada dice:
POR TANTO.- Se ordena a Daniel Salas Peraza, en su condición de ministro de Salud, ……. para que, dentro del plazo de QUINCE DÍAS, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se atienda conforme a derecho corresponde lo requerido por la parte accionante,.. en lo relativo a «(…) ESTUDIOS.- Todos los ESTUDIOS hechos por el ministerio, para determinar la incidencia del arsénico en la salud humana. Esos estudios iniciaron en el 2014 y deben haberse seguido hasta el día de hoy, pues la EMERGENCIA SANITARIA sigue vigente. (…) ESTUDIO EPIDEMIOLÓGICO de tipo descriptivo a cargo de la Dirección de Vigilancia de la Salud para determinar la AFECTACIÓN A LA SALUD de parte de la población EXPUESTA A LA INGESTA DE ELEVADAS CONCENTRACIONES DE ARSÉNICO. Fuente OFICIO DDEI-UMI-096-09 del Ministerio de Salud (…) Asociación entre la exposición a altos niveles de arsénico en el agua de consumo humano y el padecimiento de algunas enfermedades en Cañas y Bagaces de Guanacaste, Costa Rica. Estudios sobre otras patologías, principalmente canceres, insuficiencias y malformaciones, que puedan estar relacionadas con la presencia de arsénico. (…) Estudios sobre incidencia del arsénico en población infantil (…) Mapa nacional de áreas en las que se ha identificado arsénico actualizado. Informe de nivel de cada sitio. (…) El número de fallecidos por enfermedades en cada comunidad (…) Que medidas se han tomado para prevenir y para atender el alto y desproporcionado número de pacientes. (…) Datos estadísticos de traslados en ambulancias de pacientes de estas patologías, de cada caserío de la lista, hacia centros de atención en la región o hacia San José u otras zonas (…)»».
Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.
Además, se ordena la reapertura del expediente 13-004193-0007-CO, a los efectos de que ahí se resuelva la acusada desobediencia a las sentencias 2013-007598 de las 14:30 horas del 5 de junio de 2013 y 2014-014654 de las 9:05 horas del 5 de setiembre de 2014, en las cuales se condenó al Ministerio de Salud por la contaminación con arsénico y se le ordenó cumplir el protocolo de seguimiento, hasta la solución definitiva del problema.
La diferencia entre las EMERGENCIAS por COVID y por arsénico, es que una está fuera de control y necesita vacunas. La otra podría arreglarse con obras de acueductos y con medidas apropiadas.»
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