Tribunal Contencioso da razón a la Defensoría y ordena que se resuelva propuesta de metodología para fijar precio de combustibles

En CRprensa.com, priorizamos la información de calidad. Por eso, en lugar de hacer noticias en redes sociales, compartimos enlaces directos a nuestras publicaciones completas. ¡Accede a la información que realmente importa!

La Defensoría de los Habitantes muestra su satisfacción al conocer que el Tribunal Contencioso Administrativo declaró con lugar un amparo de legalidad presentado por este ente defensor desde mayo del 2021, con la finalidad de que se ordenara a la Intendencia de Energía y al Regulador General de la República, ambos de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), dictar el acto final y definitivo de la propuesta de metodología tarifaria ordinaria y extraordinaria para fijar el precio de los combustibles.

Al momento de presentar la acción judicial, la ARESEP no había resuelto la gestión planteada por la Defensoría y demás interesados, ante la audiencia pública convocada para exponer “La propuesta de metodología tarifaria ordinaria y extraordinaria para fijar el precio de los combustibles derivados de los hidrocarburos en planteles de distribución y al consumidor final”. Cabe destacar que esta Defensoría procedió a presentar en tiempo y forma, el día 20 de noviembre del año 2020, su posición oficial sobre dicha propuesta.

La Defensoría sustentó su gestión ante el Tribunal Contencioso Administrativo en el interés público de obtener la eventual resolución administrativa de la propuesta de modificación del modelo tarifario para fijar el precio interno de los combustibles, que venga a ajustar la fórmula preestablecida, con el fin de incorporar los datos de los costos reales de importación de combustibles derivados de los hidrocarburos, en los que incurre RECOPE, en lugar de los precios de referencia, los cuales crean como distorsiones en la metodología vigente que perjudican al usuario final mediante el encarecimiento en los precios de los combustibles.

En su resolución, el Tribunal argumentó, entre otras cosas, que “la parte recurrida no demostró haber resuelto el reclamo dentro del plazo que dicta el bloque de legalidad; no hay pruebas al respecto, por lo cual deberá resolver el reclamo indicado, en el plazo ordenado en la parte dispositiva de esta sentencia”.

Así las cosas, el Tribunal Contencioso ordenó a la Aresep cumplir con su deber legal de resolver y notificar, dentro del plazo de diez días hábiles (a partir de la notificación), el reclamo administrativo presentado por la Defensoría de los Habitantes.

“Queda demostrado que existió una lesión al Derecho Fundamental a un Procedimiento Administrativo Pronto y Cumplido; que en este caso concreto afecta a muchísimos consumidores de combustibles; ya que no se dictó el acto final y definitivo de la propuesta de metodología en cuestión”, manifestó la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho.

Si te ha gustado, ¡compártelo con tus amigos!
ESTIMADOS LECTORES: Nuestro mayor reto es hacer sostenible un periodismo libre e independiente, que de voz al pueblo, sin conflicto de intereses, apóyanos a seguir promoviendo la libertad de expresión. | SUSCRÍBIRSE | INGRESAR | APÓYANOS