Tribunal rechaza apelación de Fiscalía en caso de jóvenes detenidos en manifestación afuera de UCR

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l Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José declaró hoy inadmisible el recurso de apelación presentado por la Fiscalía en contra de siete estudiantes universitarios que se manifestaron en las afueras de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR) en el 2019.

El Ministerio Público presentó un recurso de apelación contra la resolución que dictó el sobreseimiento definitivo a los estudiantes de la UCR el pasado 21 de julio.

El 21 de noviembre de 2019 los jóvenes participaban en una manifestación contra recortes al sector educación y en defensa de la autonomía universitaria frente a la Facultad de Derecho de la UCR, en San Pedro. Esta manifestación era parte de varias protestas que se realizaban en todo el país en contra de políticas del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo que planteaban recortes a la salud y la educación, recordó uno de los abogados defensores de los jóvenes, Edgardo Araya.

Araya señaló que en ese bloqueo interviene la policía, hay un altercado, una persona que no es estudiante de la UCR prende fuego a material inflamable que hay en el lugar y la policía actúa aplicando “un criterio arbitrario” y detiene a las personas que estaban en la manifestación.

“Estas personas fueron detenidas y han sido tratadas por medios de comunicación y por el Ministerio Público como si fueran delincuentes, terroristas”, denunció Araya, quien agregó que el Ministerio Público “no fue capaz de armar una acusación seria, de aportar pruebas que demostraran que estas personas que fueron detenidas habían participado en el suceso”.

“Esta sentencia que hoy se confirma y celebramos muchísimo hace un planteamiento muy importante de cómo entender un delito de obstrucción de vías en el marco de un sistema democrático y de derecho, como decimos tener en nuestro país. El delito de obstrucción de vías es propio de un régimen dictatorial y autoritario, porque dice que se plantea cuando una persona sin autorización de la autoridad competente obstruye o estorba al tránsito”, dijo el abogado.

“Y se hace una reflexión muy importante en la sentencia, que es ¿a quién le pedís permiso para protestar? ¿a quién le pedís permiso para ejercer la libertad de pensamiento?. Es un delito inaplicable en un sistema democrático como el nuestro e incluso se evocan sentencias internacionales de sistemas de defensa de los derechos humanos”, destacó.

“Claro que ante abusos concretos se pueden aplicar los correctivos legales pero esos abusos concretos tienen que estar referidos directamente a hechos dañinos que se den dentro de la manifestación. Hoy queda claro que estos jóvenes no participaron en hechos dañinos ni en el incendio”, subrayó Araya.

Publicación literal de Semanario Universidad

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