TSE ordena investigación preliminar por denuncias de beligerancia contra el Presidente

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Por disposición del artículo 270 del Código Electoral, la investigación la hará la Inspección Electoral. Adicionalmente, rechazó adoptar medidas cautelares solicitadas.

En dos resoluciones del 18 de marzo, la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones (órgano integrado por tres magistradas y magistrados electorales suplentes, encargado de conocer, en primera instancia, los conflictos de carácter contencioso-electoral cuya resolución involucre el ejercicio de la potestad sancionatoria del TSE) 1) acumuló los escritos de denuncia de los ciudadanos Óscar Aguilar Bulgarelli, Óscar Castillo Rojas, Erick Sojo Marín, Marco Castillo Rojas, Rodrigo Humberto Campos Hernández, Rocío Ramírez Varela, y Giovanni Alexander Delgado Castro, contra el Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles; 2) rechazó medidas cautelares solicitadas; y 3) remitió a la Inspección Electoral esas denuncias por beligerancia política.

Las denuncias acusan manifestaciones del mandatario en distintos actos públicos, entre ellas algunas que aluden a la imagen de un jaguar, presente también en la divisa de un partido político en proceso de inscripción. Las medidas cautelares solicitadas referían a ese tipo de manifestaciones y alusiones, y se rechazaron porque acogerlas conllevaría una valoración de fondo para la cual es necesaria la investigación que se ordena. Orden que se dirige a la Inspección Electoral, para que instruya la investigación preliminar sobre los hechos denunciados. La Inspección Electoral es una instancia interna del TSE, encargada, entre otras funciones, de realizar investigaciones y procedimientos sancionatorios, garantizando el debido proceso. No actúa como órgano decisor, pues esa competencia corresponde en estos casos a los jueces electorales de la Sección Especializada y, frente a recursos contra lo resuelto por estos, del Tribunal Supremo de Elecciones.

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