UNDECA, SINASSASS, ACODIMED Y SIACCSS demandan a la CCSS ante Contencioso Administrativo

“… en relación con determinados entes, tal como la CCSS, debido a su grado de autonomía, aun el mismo legislador no puede sujetarla a órdenes, directrices y regulaciones de un órgano del Poder Ejecutivo, pues ello va en contra del grado de autonomía y tutela conferida por la Constitución Política a esta institución.”

(Sala Constitucional, Voto N°17098-2021)

La Junta Directiva espuria que montó el Gobierno de la República acordó en el mes de julio del año pasado, para la aplicación de la Ley Marco de Empleo Público, que solo determinados puestos son clasificados como exclusivos y excluyentes. Los demás puestos institucionales fueron declarados de carácter “concurrente.”

Los puestos denominados “concurrentes” comprenden más de 20 mil personas trabajadoras, lo que superar la tercera parte de la planilla institucional, las cuales quedarán sometidas a la rectoría política del Gobierno, en manos de MIDEPLAN.

A raíz de esa transferencia de la potestad regulatoria de la relación de empleo, la Junta Directiva le giró un cheque en blanco a MIDEPLAN para que defina las principales condiciones de trabajo de esos empleados, tales como el sistema de concursos, la evaluación del desempeño y además, como si lo anterior fuera poco, esa dependencia del Gobierno definirá a su arbitrio las remuneraciones de esa colectividad de trabajadoras y trabajadores.

Esos acuerdos los adoptó unilateralmente la Junta Directiva, apartándose de todos los justificados técnicos y gerenciales, sin conceder ninguna audiencia y participación a los sindicatos que representan los intereses de los trabajadores, violentando las regulaciones de la Normativa de Relaciones Laborales de la CCSS.

Los ilegítimos acuerdos, por una parte, quiebran, de un solo cuajo, la autonomía constitucional de la institución, servida en bandeja de plata al Gobierno, y, por otra parte, causan una gravísima afectación a los derechos e intereses de los trabajadores.

Esto dificulta la gobernanza institucional, genera incertidumbre en los trabajadores y afecta la prestación directa de los servicios, porque crea una distorsión administrativa; implicando que en un grupo de trabajadores que conforman un mismo equipo, haciendo las mismas tareas, tengan diferentes salarios. Se suponía que lo que buscaba la Ley Marco de Empleo Público era igualar las condiciones, pero ahora unos ganarán más que otros, haciendo la misma labor.

Desde que se dictaron esos arteros acuerdos, los sindicatos procuramos abrir espacios de diálogo y negociación con las autoridades, con la finalidad de salvaguardar la Caja y proteger los derechos de las personas trabajadoras.

Nuestros esfuerzos, desafortunadamente, se han vuelto infructuosos, frente a la prepotencia y el autoritarismo de las jerarquías institucionales, encabezadas por Marta Esquivel Rodríguez, presidenta ejecutiva.

Así las cosas, este 4 de julio, en defensa de las personas trabajadoras de la Institución recurrimos a los Tribunales de la República, interponiendo un proceso contencioso administrativo contra la Caja, que pretende que se declare la nulidad absoluta de esos acuerdos y se determinen las responsabilidades que le corresponden a los miembros de esa Junta Directiva de facto, que defraudaron la autonomía institucional y vulneraron los derechos de los y las trabajadoras.

En el día de Pablo Presbere (Pabru Presberi) el ancestro que encarna las gestas de la libertad, la identidad, la dignidad y la defensa de la soberanía y la cultura costarricense.

San José, 04 de julio de 2024

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