Un documento oficial de la Presidencia de la República confirmó que una de las personas captadas en una fotografía junto a Laura Fernández mantiene una plaza en el Ministerio de Seguridad Pública, lo que plantea interrogantes sobre una eventual infracción a las prohibiciones electorales que rigen para los cuerpos policiales en Costa Rica.
La información consta en el oficio PR-DP-0792-2025, fechado el 16 de diciembre de 2025, emitido por el Despacho del Presidente en respuesta a una consulta ciudadana presentada el 27 de octubre de este año.
La respuesta es consecuencia de un recurso de amparo presentado por Juan Herrera, director de Legítima Defensa y ex-funcionario del Ministerio de Seguridad Pública como instructor policial y jefe del área jurídica de la Academia Nacional de Policías. El caso se tramita bajo el expediente 25-036822-0007-CO.
Según el documento, la persona identificada como Gustavo Obando Valle posee una plaza en el Ministerio de Seguridad Pública. La Presidencia indicó que Obando no fungía como escolta oficial y que desde el 16 de agosto de 2025 se encuentra con licencia sin goce de salario otorgada por esa institución.
El oficio también señala que el segundo individuo visible en la imagen, David Morales Corrales, no es funcionario activo, ya que renunció al Ministerio de la Presidencia el 30 de abril de 2024, y que nunca desempeñó funciones como escolta.
No obstante, el marco jurídico electoral costarricense establece que los miembros de los cuerpos policiales tienen prohibido participar en actividades político-partidistas, con independencia de si se encuentran de vacaciones, con permisos o bajo licencias administrativas. Esta restricción deriva del Código Electoral y de criterios reiterados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), cuyo objetivo es garantizar la neutralidad política de la Fuerza Pública.
En ese contexto, la condición de funcionario policial —y no el cargo específico ni la función de escolta— es el elemento jurídicamente relevante para determinar una eventual infracción. El documento de Presidencia no analiza si la presencia del funcionario junto a una figura política podría constituir beligerancia política, limitándose a aclarar aspectos administrativos sobre su vínculo laboral.
La Presidencia agregó que desconoce los motivos por los cuales las personas acompañaban a Laura Fernández y recordó que la Guardia Presidencial no tiene entre sus funciones la custodia de candidatos a la Presidencia de la República.
Cualquier determinación sobre una posible violación al régimen de prohibiciones electorales correspondería al Tribunal Supremo de Elecciones, autoridad competente para valorar si los hechos encuadran dentro de una participación política prohibida para funcionarios policiales.



