El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda que es obligación de todo patrono conceder a los trabajadores el tiempo necesario, sin reducción de salario, para el ejercicio del voto el próximo domingo 1° de febrero, fecha en que se celebrarán los comicios nacionales.
Esta disposición está contemplada en el Código de Trabajo (artículo 69, inciso j) y en el Código Electoral (artículo 292), normativa que establece las sanciones correspondientes para los patronos que incumplan esta disposición.
El TSE también recuerda que ningún patrono podrá practicar rebajas salariales a los trabajadores que se ausenten para colaborar como integrantes de mesa en cualquier junta receptora de votos (pronunciamiento existente en resolución del TSE n.° 1404-E-2002).
Este domingo 1º de febrero, se celebrarán las elecciones nacionales en las que se elegirán la Presidencia y dos Vicepresidencias de la República, así como las 57 diputaciones a la Asamblea Legislativa, para el período 2026-2030.

