Colombia | La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declarar la exequibilidad de los decretos que establecieron la emergencia económica, social y ecológica en el país, tras el terremoto del 10 de agosto de 2026. La entidad, liderada por el procurador general Gregorio Eljach Pacheco, argumentó que la magnitud de los daños justificaba el uso de medidas extraordinarias por parte del Gobierno nacional.
La solicitud se centra en el Decreto 1261, que declaró inicialmente la emergencia, y el Decreto 1348, que posteriormente ajustó el territorio incluido. La Procuraduría consideró que la situación superó la capacidad de respuesta del Estado a través de sus herramientas habituales. Un factor clave para esta conclusión fue la disparidad entre las pérdidas económicas, calculadas en aproximadamente 30 billones de pesos en daños físicos directos, frente a solo 47 mil millones de pesos disponibles para atender desastres. Este contraste fue determinante al evaluar el “presupuesto de suficiencia”, concluyendo que los instrumentos ordinarios eran insuficientes.

Asimismo, el Ministerio Público verificó que el sismo cumplió con el “presupuesto fáctico” exigido por la Constitución, es decir, que fue un acontecimiento extraordinario e imprevisible. El terremoto, de magnitud 7,4, tuvo su epicentro en San José del Palmar, Chocó, y fue seguido por más de 390 réplicas. El balance de la tragedia incluyó más de 331 fallecidos, 4.449 heridos y 152 desaparecidos, además de 400 mil personas afectadas y cerca de 220 mil viviendas destruidas o gravemente dañadas.
Estas cifras también sustentaron el “presupuesto valorativo”, que determina si la gravedad de las circunstancias justificaba la declaratoria de emergencia. La Procuraduría concluyó que las consecuencias humanas y materiales del terremoto ameritaban una respuesta diferente a los mecanismos ordinarios. La entidad también se pronunció sobre la modificación territorial del Decreto 1348, que incorporó a Caquetá y Santander por nuevos reportes de daños, mientras que Putumayo fue retirado al no atribuirse sus afectaciones al sismo.

Con estos argumentos, la Procuraduría General de la Nación respaldó la constitucionalidad de los decretos, aunque enfatizó que las facultades extraordinarias deben ser utilizadas exclusivamente para atender la emergencia y no aplicarse de manera generalizada.


Fuente: Infobae
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