México | La Cámara de Diputados de México aprobó en lo general una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, conocida popularmente como "Ley Antimeme", con 325 votos a favor, 114 en contra y una abstención. La iniciativa, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, busca modificar el artículo 144 Octies y añadir los artículos 114 Nonies y 232 Septies de dicha ley.
Durante el debate, que se extendió por casi tres horas, legisladores de Morena, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido del Trabajo (PT) votaron a favor de la reforma. La diputada Lucero Higareda Segura, de Morena, defendió la propuesta argumentando que el Estado debe proteger los derechos de autor frente a nuevas formas de difusión.
Por otro lado, partidos de oposición como el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) expresaron su rechazo. La diputada priista Ariana Rocío Rejón Lara advirtió que la reforma podría acarrear multas de hasta cinco millones de pesos por contenido en internet y acusó al gobierno de intentar silenciar a periodistas y creadores de contenido. El panista Miguel Ángel Salim Alle señaló que la protección de los derechos de autor no debe ir en detrimento de la libertad de expresión y el periodismo, y criticó que las garantías para los usuarios no estuvieran explícitas en el dictamen.

La reforma busca ajustar las reglas del "puerto seguro" para los proveedores de internet, eliminando la protección automática. Ahora, los proveedores estarán exentos de responsabilidad si tienen una política pública y conocida para dar de baja a infractores reincidentes. Sin embargo, serán legalmente responsables si sus usuarios causan daños a titulares de derechos de autor, derechos conexos o propiedad intelectual, o si contribuyen, inducen o provocan la infracción a sabiendas, o si obtienen un beneficio financiero directo de la conducta infractora.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) será el encargado de imponer multas escalonadas. Estas multas varían desde 5 mil hasta 40 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes comuniquen, pongan a disposición o utilicen obras protegidas sin autorización, o para quienes reproduzcan, distribuyan o comercialicen copias sin permiso. También se contemplan multas de mil a 5 mil veces la UMA por retransmitir o difundir emisiones de radiodifusión sin autorización, y de 500 a mil veces la UMA para infracciones a escala comercial o industrial. Una multa adicional de 100 a 500 veces la UMA se aplicará en caso de reincidencia. El objetivo de estas sanciones es obligar a los proveedores de acceso a internet a implementar políticas de suspensión y cancelación de cuentas para usuarios reincidentes.


Fuente: Infobae
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