Argentina | La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha puesto en marcha un sistema de recibo de sueldo electrónico asistido para el personal de casas particulares. Esta herramienta, que calcula automáticamente parte de los conceptos de cada liquidación, permite a los empleadores revisar o modificar los montos antes de emitir el comprobante.
La medida, aprobada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Vázquez, entró en vigencia tras ser oficializada mediante la Resolución General N° 5912/2026, modificando la Resolución General N° 3693 que regula las modalidades de pago de aportes y contribuciones del régimen.
La funcionalidad, denominada “Recibo Asistido”, se integra en el servicio digital “Personal de Casas Particulares”. Utilizando los datos registrados ante el organismo y la información proporcionada por el empleador, la plataforma genera cálculos automáticos sobre ciertos componentes salariales.

Para generar el comprobante, el empleador debe acceder al sitio web con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior. Allí, seleccionará al trabajador, la opción “Generar recibo de sueldo”, e informará el período a liquidar, la modalidad de pago, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas.
El sistema presentará una liquidación preliminar de conceptos normativos. El empleador puede aceptar el monto sugerido o rechazarlo, lo que habilita la edición del campo para ingresar el importe correspondiente. También es posible añadir ítems en el apartado “Adicionales y Descuentos” a través de un menú con conceptos predefinidos. Una vez completada la información, se confirma la operación para emitir el recibo electrónico.
ARCA ha aclarado que los cálculos automáticos no eximen al empleador de su responsabilidad en la liquidación salarial. La asistencia del sistema no sustituye la obligación de revisar los importes, rectificarlos si es necesario e incluir todos los conceptos pertinentes en cada relación laboral.

El recibo de sueldo electrónico es ahora obligatorio para el régimen de trabajo en casas particulares. La nueva normativa establece que la validación de identidad mediante clave fiscal actúa como requisito de autenticidad del documento, eliminando la necesidad de otra forma de firma del empleador en el recibo generado desde la plataforma. No obstante, el comprobante debe incluir los datos exigidos por la legislación laboral, detallando los conceptos liquidados y la remuneración del trabajador.
Para pagos en efectivo o cuando el trabajador solicite una constancia en papel, el recibo electrónico debe imprimirse por duplicado. El original se entrega al empleado y la copia, firmada en conformidad de pago, la conserva el empleador.
El organismo mantendrá el acceso digital a los comprobantes de pago. Tanto empleadores como trabajadores podrán consultar información sobre aportes, contribuciones y recibos dentro de los servicios disponibles con clave fiscal. Los empleados registrados podrán acceder a una constancia de pago de aportes y contribuciones desde “Ver Aportes” y consultar los recibos de sueldo en “Detalle del Trabajo”.

Además, los trabajadores podrán revisar los pagos de aportes, contribuciones e intereses registrados mensualmente, conocer saldos y calcular intereses adeudados por pagos fuera de término a través del sistema “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”. La plataforma también permite imprimir formularios para cancelar intereses, como el F. 102/RT, F. 1350 y F. 575/RT, según corresponda a obligaciones del empleador o pagos voluntarios del trabajador.
La actualización del régimen de aportes voluntarios permite a los trabajadores de casas particulares acceder a prestaciones del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Esto aplica cuando la carga horaria no alcanza el umbral requerido o cuando buscan incorporar a integrantes de su grupo familiar primario.
En el caso del titular, se puede abonar mensualmente la diferencia entre el aporte correspondiente a una jornada de 16 horas semanales o más y el aporte obligatorio ingresado por el empleador (o varios empleadores). Este pago adicional habilita el acceso al Programa Médico Obligatorio (PMO).
Para sumar a cada integrante del grupo familiar primario, el trabajador debe pagar un importe equivalente al aporte previsto para quienes trabajan 16 horas semanales o más. De estos montos, el 15% se destina al Fondo Solidario de Redistribución. Los pagos voluntarios deben realizarse mediante el volante F. 575/RT, y los importes no pueden ser inferiores a la cotización mínima vigente, junto con el aporte al Fondo Solidario.
Fuente: Infobae
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