Argentina | Un hombre fue declarado culpable de amenazas simples contra su pareja en Caviahue, provincia de Neuquén, después de que una jueza considerara que una frase pronunciada durante una discusión tenía la capacidad de intimidar a la víctima. El acusado, identificado como L.F.B., ya había cumplido una condena previa por homicidio.
El incidente tuvo lugar a principios de noviembre de 2025 en la vivienda que compartían. Durante una discusión, L.F.B. le dijo a la mujer: “Te tengo entre ceja y ceja. Como lo saqué con los pies para adelante al otro, lo voy a hacer con vos”.
La fiscal Laura Pizzipaulo y el asistente letrado Guillermo Rodríguez argumentaron que las palabras debían ser evaluadas dentro del contexto de la relación de pareja, donde la mujer había experimentado episodios de control y violencia. Señalaron que la víctima conocía el antecedente penal del acusado por homicidio, lo que contribuía a comprender el temor generado por la expresión.

La defensa de L.F.B. solicitó la absolución durante el juicio, alegando que la denuncia se originó en una disputa económica relacionada con un vehículo compartido. Los representantes del imputado cuestionaron la suficiencia de las pruebas para acreditar el delito, destacando la ausencia de testigos de la conversación y de lesiones físicas constatadas.
Sin embargo, la jueza Bibiana Ojeda rechazó la interpretación de la defensa. Tras evaluar las pruebas, concluyó que la frase no podía ser considerada un exabrupto aislado en una discusión por dinero. La magistrada valoró el relato de la denunciante y los testimonios de profesionales que describieron el temor experimentado por la mujer después de la amenaza. Con base en estos elementos, declaró a L.F.B. penalmente responsable de amenazas simples, en carácter de autor, conforme a los artículos 149 bis y 45 del Código Penal.

La sentencia escrita se dará a conocer dentro del plazo legal. La identidad completa del condenado y otros datos que podrían exponer a la víctima se mantendrán bajo reserva.

Fuente: Infobae
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