El Salvador | El Gobierno salvadoreño ha presentado una iniciativa de ley especial y transitoria ante la Asamblea Legislativa, la cual busca facilitar el pago de obligaciones tributarias, aduaneras, de tránsito y otras multas. La propuesta, admitida para estudio, plantea la exoneración de intereses, recargos y, en ciertos casos, multas, siempre que se cancele el monto principal adeudado.
La iniciativa, denominada "Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas", tendría vigencia desde su publicación en el Diario Oficial hasta el 11 de diciembre de 2026.
El proyecto se fundamenta en la existencia de contribuyentes con procesos abiertos ante la Administración Tributaria, el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, la jurisdicción contencioso-administrativa y la Fiscalía General de la República. También abarca deudas en fase de cobro judicial, con limitaciones para casos con sentencia definitiva.

Las obligaciones tributarias incluidas son las administradas por el Ministerio de Hacienda, como declaraciones no presentadas, impuestos declarados pero no pagados, pagos inferiores a los exigibles y saldos a favor informados por encima de lo permitido. También contempla a contribuyentes bajo fiscalización o con plazos para impugnar resoluciones.
En el ámbito aduanero, la medida alcanzaría obligaciones vinculadas con declaraciones de mercancías con omisiones, inexactitudes o liquidaciones inferiores. Incluye casos de vehículos con permisos temporales vencidos y mercancías sujetas a regímenes de importación temporal, siempre que se regularice la situación.
Para las multas de tránsito, la iniciativa permitiría eliminar recargos de sanciones impuestas bajo la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Esto aplicaría a multas sin convenio de pago y a aquellas con compromisos de pago a plazos incumplidos.

Para acceder a los beneficios, los contribuyentes deberán pagar el impuesto, derecho arancelario, multa principal o saldo correspondiente. La propuesta prevé la dispensa de intereses y recargos para deudas líquidas, firmes y exigibles. En varias situaciones, las multas también se eliminarían, especialmente si no hubo liquidación de oficio o si el contribuyente regulariza voluntariamente.
El beneficio cubriría expedientes enviados a la Fiscalía General de la República, siempre que no exista una sentencia definitiva notificada. En estos casos, el solicitante deberá desistir o renunciar al proceso abierto. Si existen recursos de apelación, demandas contencioso-administrativas o procesos de amparo pendientes, los contribuyentes deberán presentar constancia de desistimiento antes de solicitar la resolución de pago o un plan de cuotas.

La Dirección General de Tesorería podrá conceder planes de pago de hasta nueve cuotas mensuales, con una primera cuota equivalente al 10% de la deuda. Esta opción aplicaría a deudas tributarias, multas de tránsito y sanciones de la Administración Pública, excluyendo municipalidades. También se contempla para contribuyentes que no pagaron el impuesto sobre la renta tras recibir el mandamiento de pago.
El incumplimiento de un plan de pago a plazos resultaría en la pérdida de los beneficios, reactivándose multas, intereses y recargos proporcionales al monto pendiente, además de la aplicación de mecanismos de cobro ordinarios.
El Gobierno señala que un mecanismo similar fue aprobado en octubre de 2025, el cual permitió regularizar deudas y elevar la recaudación. La nueva solicitud busca ofrecer otra oportunidad para normalizar obligaciones pendientes. La iniciativa será analizada por la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto de la Asamblea Legislativa.

Fuente: Infobae
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