A partir del 27 de octubre, los propietarios de ganado bovino adulto (mayor de 6 meses), que no hayan registrado su hato en el Sistema de Trazabilidad, podrán solicitar la medida, por una única vez, y no podrán movilizar su ganado hasta que hayan cumplido con el correspondiente registro en el Sistema Trazar Agro.
Esta medida no constituye una prórroga del plazo transitorio establecido y tendrá un costo asociado: los interesados deberán adquirir por su cuenta los dispositivos de identificación y deberán pagar la tarifa correspondiente al servicio.
El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) implementará, a partir del próximo 27 de octubre, una medida sanitaria excepcional para los propietarios de establecimientos con bovinos mayores de seis meses, que no cuenten con la identificación individual oficial. Esta medida se aplicará por una única vez a solicitud del interesado, según lo establecido en la Resolución Sanitaria SENASA 029-2026.
Para realizar este trámite, SENASA emitirá una orden sanitaria que identificará el establecimiento y las condiciones bajo las cuales se realizará la identificación y el registro de los animales.
“El procedimiento será realizado únicamente por personal del SENASA y oficializados del Convenio SENASA-OIRSA, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos establecidos, la existencia de los animales y su vinculación con el establecimiento. Una vez comprobadas estas condiciones, se procederá con el areteo y registro en Trazar-Agro” señaló Luis Matamoros, director general del SENASA.
Para acceder a este trámite el productor deberá cancelar previamente en la oficina del SENASA más cercana a su localidad la tarifa de ₡1.832,00 por cada animal, o el monto vigente al momento de la prestación del servicio.
Asimismo, deberá adquirir los Dispositivos de Identificación Individual Oficial (DIIO) necesarios para los animales, a través de los proveedores debidamente autorizados.
SENASA recuerda que la emisión de una orden sanitaria no autoriza la movilización, por lo que los animales deberán permanecer en el establecimiento hasta que hayan sido identificados.
Esta medida tiene como objetivo facilitar que los bovinos que no cuenten con el dispositivo, cumplan con los requisitos de identificación, contribuyendo al fortalecimiento de la trazabilidad del ganado y al cumplimiento de las disposiciones sanitarias vigentes.
FAS/
Fuente: MAG
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