Corte Suprema de Colombia inadmite recurso de casación de abogado Diego Cadena

Colombia | La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió el recurso de casación presentado por el abogado Diego Javier Cadena Ramírez, quien fue condenado a ocho años y seis meses de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal. La decisión de la Corte se basó en un aspecto formal del recurso, por lo que no se analizaron los argumentos de fondo del mismo.

La condena contra Cadena fue dictada el 11 de marzo de 2026 por el Tribunal Superior de Bogotá en un fallo de segunda instancia. Este tribunal lo declaró coautor de los delitos mencionados y modificó una absolución previa en uno de los episodios del proceso.

El caso se centra en las acciones de Cadena como abogado del expresidente Álvaro Uribe Vélez. El Tribunal Superior de Bogotá concluyó que Cadena realizó gestiones para modificar declaraciones de antiguos integrantes de grupos paramilitares que habían formulado señalamientos contra Uribe Vélez.

Corte Suprema de Justicia rechazó recurso de casación presentado por el abogado Diego Cadena, condenado a ocho años de prisión por soborno y fraude procesal – crédito Colprensa

En el episodio relacionado con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve Pineda, la máxima autoridad judicial del Distrito Judicial de Bogotá determinó que hubo presiones para que Monsalve cambiara su versión y entregara un testimonio favorable a Uribe Vélez. Esta retractación debía presentarse ante la Corte Suprema de Justicia e incluía acusaciones contra el senador Iván Cepeda. Según el fallo, Monsalve debía afirmar que Cepeda le ofreció beneficios a cambio de involucrar a Uribe Vélez con estructuras paramilitares, lo que el Tribunal consideró una alteración de la verdad.

El Tribunal Superior de Bogotá indicó en su providencia que “es inocultable que, al margen de qué beneficios por colaboración se le hayan concedido a Juan Guillermo Monsalve Pineda, su retractación lleva consigo la alteración de la verdad”.

El abogado Diego Cadena ofreció beneficios jurídicos y pagos a exparamilitares para que modificaran sus testimonios en favor del exmandatario Álvaro Uribe – crédito Daniel Coronell/YouTube

Al resolver las apelaciones de la Fiscalía General de la Nación y de los representantes de las víctimas, el Tribunal revocó la absolución que había favorecido a Cadena en el llamado caso Víctor. Este apartado se refiere a Carlos Enrique Vélez, exparamilitar conocido como Víctor, quien también había señalado a Uribe Vélez. La decisión judicial establece que Cadena, con un poder firmado por el expresidente, buscó que Vélez se retractara de esas acusaciones. El Tribunal precisó que “es ostensible que el propósito de los enjuiciados era obtener de Carlos Enrique Vélez Ramírez un testimonio contrario a la verdad”.

La condena de 104 meses de prisión domiciliaria para Cadena también incluye una multa de 332,2 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) y una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante 86,61 meses, aproximadamente siete años y dos meses.

Diego Cadena aseguró que las interceptaciones de las que ha sido víctima son ilegales y vulneran los principios de confidencialidad y el secreto profesional – crédito Camila Díaz/Colprensa

La sentencia de segunda instancia también impuso una pena de 94 meses de privación de la libertad al abogado Juan José Salazar Cruz, integrante del equipo jurídico de Cadena, quien había sido absuelto de todos los cargos en el fallo inicial. Salazar recibió una multa de 283,2 smmlv y una inhabilitación de 78,28 meses, unos seis años y cinco meses.

El Tribunal no concedió a los dos abogados la suspensión condicional de la pena, pero sustituyó la prisión carcelaria por detención domiciliaria, por lo que cumplirán la condena en sus respectivos lugares de residencia. Tras la inadmisión de la casación, Cadena podrá acudir a la impugnación especial en los próximos días.

Cadena deberá pagar una multa equivalente a 332,2 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) y quedó inhabilitado para ejercer derechos y funciones públicas durante 86,61 meses, cerca de siete años y dos meses. – crédito Colprensa

Fuente: Infobae

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